Criminalización de la lucha en contra de la militarización de la tierra y el territorio en el pueblo Tseltal de Chilón, Chiapas
Los ejidatarios y sus familias tseltales de los ejidos San Jerónimo y San Sebastián Bachajón, municipio de Chilón, Chiapas, históricamente han sido defensores de su tierra y territorio contra la militarización y los megaproyectos; la incursión militar y establecimiento de bases y cuarteles militares en territorios indígenas a partir del levantamiento armado en 1994 trajo consigo un despojo territorial. Como ofensiva por parte del Estado mexicano para desarticular el movimiento y la organización sociocomunitaria del pueblo tseltal de Bachajón, municipio de Chilón, enfrentó los efectos negativos de la presencia militar en su territorio como la prostitución, el consumo de drogas, aumento del alcoholismo y la división comunitaria que se acentuó con el tiempo. Con base en su experiencia en la defensa de su territorio así como de su cultura comenzó de nueva cuenta una lucha en contra de nuevas formas de invasión y militarización territorial, como lo es la construcción del Cuartel General de la Guardia Nacional en la comunidad de Juculton, lo cual se hizo en contravención a los derechos colectivos de los pueblos indígenas a la consulta y a lo no militarización de su territorio.
De acuerdo a los estándares internacionales en materia de protección de los derechos de los Pueblos Indígenas, la implementación de cualquier tipo de proyecto ya sea por parte del Estado o de particulares, tiene como obligación el efectuar una consulta con la finalidad de que los pueblos den su consentimiento de manera libre e informada. La forma organizativa de los pueblos originarios, tiene como base a su autoridad máxima la Asamblea, misma que está prevista por las leyes mexicanas. Sin embargo, autoridades de los tres niveles de gobierno omitieron su responsabilidad puesto que no generaron los mecanismos necesarios para la realización de una consulta, libre previa e informada y con ello, recoger el consentimiento del pueblo tseltal de Chilón sobre la construcción de una de las bases de la Guardia Nacional previstas en la actual administración en el estado de Chiapas.
Frente a la omisión del Estado, el 15 de octubre de 2020, ejerciendo su derecho a la libre manifestación, autonomía y libre determinación, decidieron hacer público su rechazo a este proyecto que militariza su territorio. La respuesta del Estado fue desplegar a más de 300 elementos de diversas corporaciones de seguridad entre ellas la Guardia Nacional, que con un uso excesivo de la fuerza reprimieron la protesta pacífica y legítima. En el operativo fueron detenidos de manera arbitraria e ilegal José Luis Gutiérrez Hernández (José Luis) y César Hernández Feliciano (César) seguido de Tratos, Crueles, Inhumanos o Degradantes, retardo en la puesta a disposición e incomunicación; además resultaron varias personas lesionadas y vehículos particulares dañados. Actualmente los defensores comunitarios José Luis y César enfrentan de manera injusta un proceso penal en libertad, por el delito de motín.
Posterior a los hechos de represión y conociendo los impactos que los proyectos militares pueden tener en el tejido comunitario, el pueblo maya tseltal se organizó para iniciar un proceso legal, el cual consistió en la designación de una comisión nombrada por la Asamblea Comunitaria y acompañada por el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, presentaron una demanda de amparo indirecto en contra de la construcción del Cuartel General en cuestión. Dicho juicio se encuentra en trámite frente al Juzgado Cuarto de Distrito en materia de amparo y juicios federales con sede en Tuxtla Gutiérrez, con el número de expediente 717/2020; sin embargo, la presentación de esta demanda de amparo no se ha traducido en una herramienta eficaz para la protección del territorio indígena tseltal. Puesto que, en la audiencia incidental celebrada el 24 de marzo de 2021, el Juez Cuarto de Distrito resolvió negar la suspensión definitiva de la construcción del Cuartel General, por no representar un daño inminente y de imposible reparación de los derechos de la comunidad. Esta resolución se encuentra impugnada actualmente, esperando sea enviada al Tribunal Colegiado competente, todo esto frente al riesgo de que la obra de construcción sea concluida bajo la vulneración de los derechos colectivos del pueblo tseltal.
En días previos a esta resolución, el 22 de marzo de 2021, se llevó a cabo la audiencia intermedia por la que se decretó que los defensores comunitarios tseltales José Luis y César, serían sujetos a un juicio oral. El Juez Roberto Ramos Cuéllar1 de manera parcial admitió las pruebas ilegales ofrecidos por la Fiscalía del Ministerio Público y desestimó los argumentos de la defensa para la exclusión de los medios de prueba de la fiscalía obtenidas de manera ilícita. Sin embargo, el Juez en reiterados momentos subsanó los vacíos que existían en los argumentos de la Fiscalía. Lo que viola evidentemente el principio de contradicción.
El 25 marzo de 2021, José Luis y César presentaron el recurso de apelación contra el agravio en que incurrió el Juez. El 3 de mayo de 2021, el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal, zona 01 de Tuxtla Gutiérrez, declaró inadmisible el recurso debido a que no se encuentra bajo ningún supuesto apelable, pasando por alto la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a la exclusión de medios de pruebas2. Las determinaciones emitidas por el Tribunal de Alzada y por el Juez de Control, violentan derechos humanos de los defensores comunitarios a las garantías judiciales y protección judicial, como lo consagra la Convención Americana sobre Derechos Humanos en los artículos 8 y 25 respectivamente.
La criminalización a la que son sometidas las personas defensoras de su comunidad y de su territorio como lo son José Luis y César por oponerse a la militarización, nos muestra una vez más el contexto de discriminación, desigualdad y vulnerabilidad que enfrentan los pueblos indígenas en México ante la construcción de proyectos que al no ser consultados favorecen la división comunitaria, violaciones a los derechos humanos y despojo territorial.
El Estado mexicano está obligado a respetar los derechos colectivos de los pueblos indígenas y a defender su territorio, entre los que se encuentra el protestar frente a proyectos que vulneran la armonía comunitaria. Por lo que la Fiscalía Indígena del Estado de Chiapas debe desistirse del ejercicio de la acción penal por el delito de motín que injustamente es atribuido a José Luis y César, dando cuenta de que el defender el territorio no es motivo de criminalización, en su resolución tiene una oportunidad de demostrar que los pueblos indígenas pueden confiar en el sistema de justicia para el respeto de sus derechos.
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
18 de mayo 2021
Pronunciamiento conjunto
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