Frayba
Fiscalía y Jueces en Chiapas criminalizan a integrantes del Congreso Nacional Indígena de la Comunidad de Jotolá, mediante la fábrica de culpables
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
23 de mayo de 2026
Boletín no. 07
Fiscalía y Jueces en Chiapas criminalizan a integrantes del Congreso Nacional Indígena de la Comunidad de Jotolá, mediante la fábrica de culpables
- Ni las graves inconsistencias de los peritajes impidieron que el estado de Chiapas avanzara contra personas del pueblo maya tseltal, adultas mayores en condición de vulnerabilidad
- La justicia federal debe decidir si detiene esta persecución o permite que continúe la violación de derechos de las víctimas de desplazamiento forzado interno
El 21 de mayo de 2026, nueve personas de la familia Moreno Hernández, integrantes del Congreso Nacional Indígena (CNI), comparecieron ante el Juzgado de Control y Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Yajalón para la formulación de la imputación dentro de la causa penal 41/2025, en la que se les acusa injustamente del delito de despojo agravado. A pesar de que durante la audiencia la Fiscalía presentó peritajes con graves inconsistencias, el Juez de Control Agustín López decidió vincular a proceso a todas las personas imputadas, incluidas dos adultas mayores, una mujer y un hombre de 73 y 85 años, respectivamente, con debilidad auditiva y quien no sabe leer ni escribir. Asimismo, fueron vinculadas a proceso tres mujeres indígenas, madres responsables del cuidado de 12 hijas e hijos menores de edad.
En esta audiencia no se impuso ninguna medida cautelar, como detención o firma periódica, gracias al amparo promovido por abogados del CNI. Sin embargo, el proceso de judicialización continúa y persiste el riesgo de que, una vez que el Juez federal emita su resolución, el Juez de Control de Yajalón imponga medidas cautelares.
Preocupa la parcialidad y la arbitrariedad con las que se ha conducido el proceso jurídico, así como la actitud tendenciosa del Ministerio Público, orientada a imponer las medidas más lesivas contra las personas imputadas, como ya ocurrió con Francisco Moreno Hernández, quien continúa privado de su libertad de manera injusta por la fábrica de culpables. Lo anterior constituye una violación al derecho de acceso a la justicia, al debido proceso y a la seguridad jurídica, así como a lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos internacionales y regionales firmados y ratificados por el Estado mexicano.
Cabe señalar que las nueve personas imputadas, más Francisco Moreno Hernández, junto con otras 25 personas, incluidas niñas, niños y adolescentes, son víctimas de desplazamiento forzado tras las acciones represivas ocurridas el 12 de febrero de 2026, en el ejido de Jotolá, municipio de Chilón, hechos perpetrados en tierras recuperadas legítimamente en el contexto del levantamiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional en 1994. Desde entonces, esas tierras fueron ocupadas de forma pacífica, continua y pública durante 30 años por la familia Hernández Moreno.
En el operativo mencionado se incurrió en prácticas estatales orientadas a intimidar, silenciar y coaccionar a la población, -mediante actos de tortura y uso excesivo de la fuerza pública. En estos hechos participaron la Guardia Estatal, la Fiscalía de Justicia Indígena, el Tribunal Agrario y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. También se vulneró el derecho a la propiedad comunal y ancestral de los pueblos indígenas, reconocido en normas internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, así como en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo anterior, exhortamos: a los jueces federales a tomar en cuenta las graves violaciones a derechos humanos cometidas en el presente caso y resolver a favor de las 35 personas víctimas de desplazamiento forzado interno, incluidas niñas, niños y adolescentes; al Juzgado de Control a abstenerse de ejecutar cualquier acto de detención o reaprehensión en contra de las nueve personas.
Llamamos con urgencia a la solidaridad nacional e internacional para acompañar a las familias tseltales criminalizadas y desplazadas, exigiendo el cese inmediato de la persecución judicial. Es necesario que organizaciones, colectivos, comunidades, medios libres, personas defensoras de derechos humanos y sociedad civil se mantengan atentas, se pronuncien públicamente y actúen para impedir que la represión y la impunidad sigan avanzando contra los pueblos que están en la defensa de su territorio.
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El CED de la ONU emite una Acción Urgente por la desaparición forzada de Ángel Jiménez López, indígena maya tseltal del municipio de Nicolás Ruiz, Chiapas
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
5 de mayo de 2026
Boletín No. 5
El CED de la ONU emite una Acción Urgente por la desaparición forzada de Ángel Jiménez López, indígena maya tseltal del municipio de Nicolás Ruiz, Chiapas
El 1 de mayo de 2026, el Comité contra la Desaparición Forzada (CED) de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos transmitió al Estado mexicano la Acción Urgente No. 2316/2026, relativa a la desaparición forzada del señor Ángel Jiménez López, indígena maya tseltal, del municipio de Nicolás Ruiz, Chiapas. Ángel fue desaparecido el 24 de abril de 2026 por un grupo vinculado a la delincuencia organizada, en el contexto de violencia generalizada en la región y hasta la fecha no existe información sobre su suerte o paradero.
Ante esta situación, el Comité ha requerido al Estado mexicano que emprenda de manera inmediata acciones de búsqueda y localización, además de una serie de medidas orientadas a fortalecer la investigación y garantizar la participación de la familia y sus representantes.
- Búsqueda del Sr. Ángel Jiménez López e investigación de su alegada desaparición forzada.
El Comité solicita que los procesos de búsqueda e investigación se desarrollen bajo una estrategia integral y coordinada, con un plan de acción y un cronograma claro para su ejecución inmediata. Estas acciones deben realizarse con la debida diligencia, considerando todas las hipótesis y la información disponible, incluido el contexto en el que ocurrieron los hechos, así como la identificación de los perpetradores materiales e intelectuales.
- Acceso a la información y participación de los allegados y representantes del Sr. Ángel Jiménez López.
Las autoridades responsables deberán informar periódicamente a los allegados y representantes de Ángel sobre los avances en la búsqueda y la investigación, incluyendo los retos enfrentados y los resultados obtenidos. Asimismo, deberán garantizar su participación efectiva en todas las etapas de los procesos, asegurando que sus aportes, experiencias, sugerencias y cuestionamientos sean tomados en cuenta como insumos para fortalecer las acciones emprendidas.
El CED subraya la urgencia de que las autoridades mexicanas actúen de inmediato para buscar y localizar a Ángel, e instruye al Estado a implementar cada una de las recomendaciones transmitidas, informando sin demora sobre las medidas adoptadas a más tardar el 15 de mayo de 2026.
El pueblo organizado del municipio de Nicolás Ruiz, la familia de Ángel y sus representantes reconocemos la disposición del Comité para velar por los derechos humanos de las personas indígenas desaparecidas. En virtud de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, exigimos al Estado mexicano implementar todas y cada una de las recomendaciones de la Acción Urgente No. 2316/2026 y demostrar su voluntad real y efectiva para dar con el paradero con vida de Ángel Jiménez López, así como de las demás personas desaparecidas en Chiapas.
En México según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) ha registrado 133,637 personas desaparecidas y no localizadas. En Chiapas se reportan 1,991 personas desaparecidas, de los cuales 573 personas desaparecidas son registradas en el periodo del gobernador Eduardo Ramírez Aguilar.
En los municipios de la región han desaparecido 22 personas, en Venustiano Carranza 7; en Teopisca 3; en Amatenango del Valle 4; en Nicolas Ruiz 1; en Acala 3 y en Villa Las Rosas 4. Estas desapariciones ocurren en un contexto de violencia generalizada y sistemática provocada por grupos armados vinculados con la delincuencia organizada, que operan con la aquiescencia y tolerancia de autoridades mexicanas.
El caso de Ángel ejemplifica la grave situación de seguridad en la zona y el contexto de las desapariciones forzadas en Chiapas y todo el país, que motivo al CED en abril de 2026 solicitar al Secretario General de la ONU que remita la crisis de desapariciones en México a la Asamblea General.
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