(Español) Emite el CED Acción Urgente por la Desaparición Forzada del Indígena Maya Tseltal, Fredy Gómez Sántiz
06 de febrero de 2023
Pronunciamiento Conjunto
Emite el CED Acción Urgente por la Desaparición Forzada del Indígena Maya Tseltal, Fredy Gómez Sántiz
El 01 de febrero de 2023, el Comité contra la Desaparición Forzada de Personas de la Organización de las Naciones Unidas (en adelante CED o el Comité), requirió al Estado mexicano la Acción Urgente 1569/2023 por la desaparición forzada del indígena maya tseltal Fredy Gómez Sántiz, por los hechos acontecidos el 16 de diciembre de 2021 en la comunidad de Nueva Palestina, municipio de Ocosingo en el estado de Chiapas. La medida urge buscar y localizar a Fredy Gómez Sántiz y proteger su vida e integridad personal, en particular el Comité requirió al Estado:
I. Búsqueda del Sr. Fredy Gómez Sántiz e investigación de su alegada desaparición forzada.
Establecer, de inmediato, una estrategia integral que incluya un plan de acción y un cronograma para la búsqueda exhaustiva del Sr. Gómez Sántiz y para la investigación exhaustiva e imparcial de su alegada desaparición forzada, que tome en cuenta toda la información disponible, incluido el contexto en el cual ocurrió su alegada desaparición forzada.
II. Identificación de las personas perpetradoras de la alegada desaparición forzada del Sr. Fredy Gómez Sántiz.
Proporcionar información sobre las medidas adoptadas para identificar a las personas perpetradoras de la alegada desaparición forzada del Sr. Gómez Sántiz.
III. Participación de los y las familiares del Sr. Fredy Gómez Sántiz.
Tomar todas las medidas que sean necesarias para implementar mecanismos oficiales y claros a través de los cuales se informe periódicamente a los familiares, allegados y representantes del Sr. Gómez Sántiz sobre el estado de la búsqueda y la investigación de su alegada desaparición forzada.
Proporcionar información sobre el involucramiento de los familiares del Sr. Gómez Sántiz en la investigación y sobre la incorporación de los datos presentados por los familiares a las autoridades competentes, incluyendo la identidad de los posibles autores materiales, en las diferentes hipótesis de investigación.
Permitir la plena participación de los y las familiares del Sr. Gómez Sántiz en los procesos de búsqueda e investigación de su alegada desaparición forzada, dándoles acceso directo a la información disponible sobre la evolución y los resultados de la investigación en curso.
Así también el Comité le recordó al Estado mexicano la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que se reconoce el carácter vinculante de las recomendaciones adoptadas por el Comité en el contexto del procedimiento de acciones urgentes en virtud del artículo 30 de la Convención y mediante la cual exhorta a las autoridades responsables a acatar, en todos sus términos, las acciones urgentes emitidas por este Comité, pues “su carácter vinculante para el Estado mexicano es indudable”.
Y finalmente requirió al Estado mexicano le envíe información sobre las medidas adoptadas con relación a cada una de sus preocupaciones y recomendaciones antes del día 3 de marzo de 2023.
Ante lo anterior, la familia de Fredy Gómez Sántiz y sus representantes reconocemos la disposición del Comité de velar por los derechos humanos de personas indígenas desaparecidas, así mismo exigimos al Estado mexicano acate la Acción urgente y muestre voluntad para dar con el paradero con vida del Fredy Goḿez Santiz, así como de los cientos de de personas desaparecidas en Chiapas.
Equipo Jurídico Solidario.
Melel Xojobal A.C.
Pastoral Social, Diócesis de San Cristóbal de Las Casas.
Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas.