Chiapas
El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU confirma la criminalización y detención arbitraria de los defensores de derechos humanos tzeltales
Estimadas Señoras y Señores,
Nos dirigimos a ustedes con el fin de expresar nuestra preocupación por la situación de los cinco defensores tzeltales criminalizados Manuel Santiz Cruz, Agustín, Pérez Domínguez, Juan Velasco Aguilar, Martín Pérez Domínguez y Agustín Pérez Velasco, arbitrariamente detenidos en 2022 y desde entonces presos en el Centro Estatal de Reinserción Social para Sentenciado (CERSS) n° 5, a la luz de la reciente publicación de la opinión emitida el 4 de abril de 2025 por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias acerca de su caso.
El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU realizó una visita a México y al Estado de Chiapas en septiembre de 2023, y tras recibir información sobre el caso de diferentes fuentes, transmitió sus alegatos al Gobierno de México el 22 de julio de 2024. La respuesta del Gobierno fue recibida el 18 de octubre de 2024. El 4 de abril de 2025 el Grupo de Trabajo emitió una opinión en la que se destacan una serie de deliberaciones referentes a las violaciones de derechos humanos cometidas contra los cinco detenidos en el marco tanto de su arresto como de su proceso judicial:
• La detención de los cinco se realizó sin una orden de aprehensión y sin que los detenidos fueran informados de los cargos que se les imputan. Tampoco fueron llevados ante un juez una vez fueron arrestados. La orden de aprehensión fue emitida a posteriori, pero antes de que la Fiscalía la solicitara, lo que evidenciaría la parcialidad del Juez en el desarrollo del proceso penal.
• No existían razones para la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, revelando la aplicación arbitraria de un mecanismo que debe ser la excepción y no la norma.
• Manuel Sántiz Cruz, Agustín Pérez Domínguez y Juan Velasco Aguilar fueron sometidos a desaparición forzada durante las 24 horas que siguieron a su detención.
• Los detenidos no tuvieron acceso a un intérprete español–tzeltal ni en el momento de su detención ni en su proceso judicial hasta la reposición de las audiencias.
• Las pruebas presentadas por la Fiscalía en los dos juicios muestran incongruencias como la falta de datos sobre la ubicación de la víctima durante un período clave, la omisión del protocolo de primer respondiente, deficiencias en la determinación de la causa de la muerte, contradicciones entre la necropsia y los dictámenes periciales, ausencia de identificación formal del fallecido, peritos sin cédula profesional y conclusiones médicas que no se corresponden con el contenido del dictamen. A su vez, las lesiones descritas no coinciden entre los distintos informes ni con el cadáver.
Además, el Grupo de Trabajo reconoce a los cinco sentenciados como defensores de derechos humanos, y considera que su criminalización se debe precisamente a su labor de defensa de la tierra y el territorio y al hecho de pertenecer a la etnia tzeltal, discriminación que se extiende incluso a su falta de dominio del español.
En consecuencia, solicita que:
(Continuar leyendo…)Continúa la criminalización de los miembros del CNI en Tila, Chiapas
Como reportamos recientemente, los miembros de CNI del Ejido Tila y sus anexos, así como de los municipios vecinos de Tumbalá, Sabanilla, Yajalón y Salto de Agua en el norte de Chiapas, han estado sufriendo hostigamientos, amenazas, agresiones y detenciones arbitrarias, además de calumnias y difamación, por parte de los diferentes niveles de gobierno. Todo esto, con la participación activa de un grupo criminal denominado “Karma”, que itene vínculos tanto con ayuntamiento que durante años estuvo asentado ilegalmente en tierras ejidales, como con el grupo paramilitar Paz y Justicia que aterrorizó a la población en la segunda mitad de la década de 1990, como parte de la estrategia contrainsurgente del Estado para destruir al EZLN.
Como denunciamos en junio de 2024, tanto el Estado como los medios de comunicación han hecho caso omiso de la historia de lucha por la tierra y territorio, así como el despojo y la violencia criminales orquestradas desde hace décadas por el mismo Estado contra el pueblo chol de Tila.
En un comunicado publicado por el Congreso Nacional Indígena, el pueblo chol de Tila hace un recorrido histórico de dicha lucha, y exige el cumplimiento de las resoluciones legales a favor de los ejidatarios y el cese inmediato a la represión y criminalización.
A seguir, un resumen de la lucha histórica del Ejido Tila:
Antecedentes Históricos (1900–1936)
- 1900: El pueblo chol sufre su primer despojo de tierras por la finca Pensilvania Company Plantation, propiedad del finquero Maximiliano Rodemberg.
- 1910–1918: Con la Revolución Mexicana, los choles comienzan a organizarse políticamente y recuperan tierras. La gripe española de 1918 provoca la muerte de sus líderes.
- 1922–1934: El gobierno federal otorga resoluciones presidenciales, reconociendo el ejido de Tila con una superficie total de 5,405 hectáreas (2,938 hectáreas de terrenos nacionales y 2,466 de la finca Pensilvania).
- 1936: Se realiza el reparto oficial a 836 ejidatarios, con reconocimiento legal conforme al artículo 27 constitucional.
Intentos de Despojo y Conflictos con el Municipio (1943–1980)
- Desde 1943, el ayuntamiento municipal de Tila comienza a registrar casas y solares, invadiendo terrenos ejidales.
- En 1966, el gobierno local intenta crear un “fundo legal” de 130 hectáreas dentro del ejido. Esto se formaliza con el Decreto Expropiatorio N.º 72 (1980).
- Ejidatarios impugnan el decreto, lo consideran una expropiación fraudulenta.
Conflictos Agrarios y Represión (1980–2000)
- En 1981, los caciques locales y autoridades estatales retoman el poder mediante violencia y conflictos armados, despojando más tierras.
- Represión constante: Arrestos arbitrarios, destrucción del patrimonio ejidal, instalación de mercados sin permiso y apropiación de espacios ejidales.
- Entre 1990 y 2000, líderes ejidales, activistas y comunidades enfrentan hostigamiento, detenciones y amenazas.
Paramilitarismo y Manipulación Institucional (1994–2015)
- El grupo Paz y Justicia y otros grupos paramilitares son usados para controlar el territorio y reprimir a los ejidatarios.
- Autoridades locales manipulan elecciones de comisariados y falsifican documentos para legitimar su control sobre el ejido.
- Se intentan imponer proyectos sin el consentimiento de la asamblea (subestaciones, auditorios, mercados, etc.).
Resistencia Legal y Sentencias de Amparo (2008–2018)
- En 2008, se presenta el amparo 259, y en 2018, la Suprema Corte determina que:
- Nunca existió legalmente un fundo legal en Tila.
- Las 130 hectáreas son parte del ejido y pertenecen a los 836 ejidatarios.
- El Decreto 72 de 1980 fue inconstitucional y se declara insubsistente en 2019 por el gobernador Rutilio Escandón.
Corrupción, Falsificación y Violencia (2018–2023)
- Autoridades estatales y federales en complicidad con el grupo paramilitar “Karma” y líderes corruptos intentan desconocer las resoluciones judiciales.
- Se falsifican firmas y se nombra ilegalmente a comisariados como Miguel Vázquez Gutiérrez.
- Bloqueos, enfrentamientos armados y asesinatos ocurren, especialmente en 2020 (3 muertos), con impunidad total para los responsables.
Persecución Reciente y Violaciones a Derechos (2021–2023)
- Continúa la persecución armada contra líderes y habitantes del ejido.
- Se identifican agresores armados relacionados con el grupo “Karma”.
- El 13–14 de julio de 2023, se documenta el ingreso del gobierno estatal con el grupo armado, violando múltiples artículos constitucionales y de la Ley Agraria.
- Se denuncian órdenes de aprehensión fabricadas contra inocentes y nula acción contra los agresores.
Demandas del Ejido
- Cumplimiento íntegro del amparo ganado en 2018.
- Cancelación del decreto expropiatorio y todo acto derivado del “fundo legal”.
- Respeto a la autonomía del pueblo chol, reconocido por la Constitución (art. 2 y 39), convenios internacionales (OIT 169), y por la Suprema Corte.
- Cese inmediato a la represión y criminalización de ejidatarios.


















































































































