San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
12 de diciembre de 2025

Boletín de prensa No. 11

 
Caso Antonio González Méndez ante la Corte IDH: a un año de la Sentencia histórica
ni las investigaciones ni las acciones de búsqueda han sido diligentes y eficaces

  • El cumplimiento de la sentencia no ha sido debidamente priorizado por el Estado mexicano.

El 12 de diciembre de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó su sentencia de condena al Estado mexicano por la desaparición forzada de Antonio González Méndez Base de Apoyo del EZLN, desaparecido el 18 de enero de 1999, en el municipio de Sabanilla, Chiapas, por integrantes del grupo paramilitar “Organización Desarrollo Paz y Justicia” en el marco de la puesta en marcha del contexto de violencia contrainsurgente a través de la implementación del Plan de Campaña Chiapas 94.

La Sentencia reafirmó que las desapariciones forzadas cometidas en el contexto del Conflicto Armado Interno, iniciado el 1 de enero de 1994, no prescriben y obliga al Estado mexicano a dar cuentas y lo que representa un precedente histórico para otras víctimas de graves violaciones de derechos humanos.

Próximos a cumplirse 27 años de su desaparición, el Estado mexicano continúa con simples trámites administrativos, superficiales, encaminadas a ser una investigación infructuosa; tanto la búsqueda como las investigaciones no han sido diligentes y eficaces para dar con el paradero de Antonio González Méndez. Lo que para la Fiscalía Estatal es la hipótesis de la desaparición a manos de grupo paramilitar devela un caso que sigue sin ser clarificado, se sigue sin tomar en cuenta la sentencia de la Corte IDH que ya da por hecho esta hipótesis y además responsabiliza al Estado mexicano por impulsar a los grupos paramilitares en la zona; todo esto genera dudas sobre la seriedad del compromiso Estatal. Es fundamental esclarecer plenamente lo ocurrido e individualizar, juzgar y, en su caso, sancionar a todos los autores intelectuales y materiales de este crimen de lesa humanidad.

La obligación del gobierno de México no debe quedar en actos simbólicos o en simple papel; la investigación debe contener líneas claras que identifique a los responsables, tanto materiales como intelectuales, y los procese conforme a los estándares de derechos humanos.

La persistente impunidad y el incumplimiento parcial de la Sentencia de la Corte IDH evidencian las enormes dificultades para traducir un fallo internacional en transformaciones reales y palpables. El eje central sigue siendo la localización de Antonio González Méndez y la realización de una investigación profesional, científica y autónoma que garantice justicia y verdad. Este caso no solo refleja la deuda pendiente con su familia, sino que expone de manera cruda la crisis estructural de derechos humanos, justicia e impunidad que atraviesa México.

El Estado mexicano tiene la obligación de materializar las reformas estructurales ordenadas por la Corte IDH: un registro nacional y actualizado de personas desaparecidas, programas eficaces de prevención, formación especializada para investigar crímenes de Estado, y políticas públicas que reconozcan los derechos colectivos de los pueblos originarios bajo un enfoque integral de derechos humanos. No se trata únicamente de cumplir con una sentencia, sino de transformar las instituciones para que nunca más se repitan estas violaciones.

Desde el Frayba, junto con la familia de Antonio González Méndez, seguiremos insistiendo en que la justicia se cumpla en su totalidad. Persistiremos en la búsqueda de la verdad y en la exigencia de justicia, porque solo así se podrá honrar la memoria de Antonio y abrir camino hacia un México donde la impunidad no sea la regla, sino la excepción. Esta lucha, es también la lucha por todas las personas desaparecidas y por la dignidad de los pueblos que reclaman verdad, justicia y no repetición.

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