justicia
Sin Verdad ni Justicia. Balance a seis meses de la sentencia de la Corte IDH sobre la Desaparición Forzada de Antonio González Méndez
Balance a 6 meses de la sentencia de la Corte IDH sobre el Caso Antonio González
Antonio González Méndez es un indígena maya originario de la comunidad El Calvario, municipio de Sabanilla, Chiapas, México. Cuando fue desaparecido en 1999 contaba con 32 años de edad. Él y su pareja Zonia López Juárez tenían 3 hijas y un hijo: Ana, Magdalena, Elma Thalía, y Gerardo.
Ante la falta de actuación del Estado mexicano para esclarecer los hechos y localizar a Antonio, su familia, acompañada por el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas (Frayba), presentó su caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el 2000. El 4 de mayo de 2019, la CIDH aprobó el Informe de Fondo No. 62/19. Debido a la falta del Estado mexicano al cumplimiento integral de las recomendaciones, el 22 de enero de 2022, la CIDH sometió el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), cuya sentencia fue publicada el 12/12/2024. En ella, la CoIDH declaró al Estado mexicano responsable de la desaparición forzada de Antonio.
(In)cumplimiento de la sentencia a seis meses de su publicación
Lamentamos que a seis meses después de la publicación de la sentencia, México no haya demostrado voluntad política para cumplir con las reparaciones ordenadas. La única medida que implementó a cabalidad fue la reparación económica. Si bien saludamos esta acción, notamos que tanto la investigación como la búsqueda, disposiciones más urgentes para la familia, y que más impacto tienen para la sociedad en su conjunto, no están atendidas con seriedad.
Investigación de los hechos
Un punto crucial es la investigación de la desaparición forzada de Antonio. La Fiscalía Contra la Desaparición Forzada de Personas y la Cometida por Particulares de Chiapas presentó un primer plan de investigación con graves fallas, y haciendo caso omiso a las demandas de la familia.
En su plan de investigación, queda patente que la Fiscalía desconoce la propia sentencia, pone en duda hasta la presencia de Paz y Justicia en Sabanilla, y la existencia de un motivo para desaparecer a Antonio.
De igual forma, se sugiere indagar sobre el perfil de Antonio para determinar si era susceptible de haber sido blanco de un grupo paramilitar. Es otro grave retroceso; la sentencia deja claro que el motivo de la desaparición de Antonio es su pertenencia a un movimiento político-social que el Estado, a través de una política de contrainsurgencia plasmada en su “Plan de Campaña Chiapas 1994” buscaba “destruir y/o desorganizar”.
Las acciones de investigación propuestas evidencian además una ignorancia de las pruebas e indicios que sostienen la sentencia de la CoIDH, y que fueron aportados no solo por la familia y el Frayba, sino también por el mismo Estado.
El sentimiento que queda al leer el plan de investigación es que no se está tomando en serio el esclarecimiento de los hechos. Pareciera que la Fiscalía no tiene claros ni los hechos más básicos del caso. Además, el documento es de difícil lectura, y es obvio que varios apartados fueron copiados y pegados del anterior plan y/o de otros documentos.
Búsqueda de Antonio González Méndez
Otro de los pilares de la reparación del daño, y el más importante para la familia de Antonio, es la búsqueda. A más de 26 años de su desaparición, y tras la emisión de la sentencia, el Estado por primera vez organizó jornadas de búsqueda en abril 2025. Al menos, así fue presentada esta acción a la familia. Pero más que una búsqueda, fueron acciones de prospección dentro de un perímetro muy importante, en una lógica de reconocimiento del terreno. Esto fue un primer golpe para la familia de Antonio. La invitación a una búsqueda creó importantes expectativas que fueron decepcionadas.
Apareció claramente la falta de coordinación interinstitucional necesaria para desarrollar acciones de esta magnitud. La familia y el Frayba nos pudimos percatar de que la mayoría de los y las funcionarias presentes no tenían conocimiento ni de la sentencia de la CoIDH, ni de los hechos de la desaparición, ni mucho menos del contexto en el cual se dio.
Es preocupante en particular que la Comisión Estatal de Búsqueda (CEB) de Chiapas en todo momento ignoró a la familia y sus representantes en sus diálogos con las demás autoridades. Pese a ser una acción de reparación fundamental para la familia, en esta primera búsqueda el trato hacia ellas fue irrespetuoso, y no se tomó en cuenta su palabra, quedando clara la falta de voluntad de realizar una búsqueda real y profunda con la plena convicción de hacer todo lo posible por localizar a Antonio.
Otras medidas de reparación
La familia, el Frayba como sus representantes, y el Estado, hemos llegado a varios acuerdos sobre la implementación de la sentencia de la CoIDH. Los espacios de interlocución han sido importantes, sobre todo los que permitieron aterrizar en medidas concretas las exigencias de la CoIDH hacia el Estado. Dichas medidas, además de la investigación y búsqueda, abarcan varios temas, desde la atención de salud para familiares de Antonio, hasta la difusión de la sentencia en redes sociales, y medidas de no-repetición.
Sin embargo, lamentamos la falta de solidez de los compromisos tomados por el Estado en varios ámbitos. En particular, nos preocupa que en la interlocución se llegue a revertir los acuerdos consensuados entre todas las partes.
Balance a 6 meses de la sentencia de la Corte IDH sobre el Caso Antonio González
Descarga el Balance a 6 meses de la sentencia de la Corte IDH sobre el Caso Antonio González(168.56 KB)
Comunidad afromexicana consigue una victoria histórica, son reconocidos sus derechos colectivos, Consejo Supremo Indígena de Michoacán
VICTORIA HISTÓRICA PARA LA COMUNIDAD AFROMEXICANA DE EL TICUIZ
A LOS PUEBLOS AFROMEXICANOS
A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS
AL PUEBLO DE MÉXICO Y DE MICHOACÁN
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
AL ESTADO MEXICANO
Comunidades indígenas y afromexicanas de Michoacán a 10 de junio de 2025.
El pasado 5 de junio, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán #TEEMich emitió la sentencia del juicio para la protección de los derechos político-electorales TEEM-JDC-172/2025, presentado por la comunidad afromexicana de El Ticuiz, acompañada por el Colectivo de Abogados Indígenas Juchári Uinápekua (Nuestra Fuerza) del CSIM, la cual reconoce sus derechos colectivos y establece un importante precedente en la entidad, al ser el primer juicio ciudadano de una comunidad afromichoacana.
En esta resolución, el Tribunal Electoral “reconoce los derechos a la libre determinación, autoadscripción, autonomía, desarrollo e identidad cultural de las comunidades afromexicanas, en el caso, de El Ticuiz; lo que implica la posibilidad de decidir su forma interna de gobierno y organización comunitaria conforme a sus usos y costumbres y, en su caso, el derecho a la consulta para el ejercicio del presupuesto directo”.
Esta victoria consideramos es histórica por varias razones, primero, demuestra que el Gobierno de Michoacán y el Congreso del Estado discriminaron a toda la comunidad afromexicana en Michoacán al excluirnos de la reforma constitucional en materia indígena aprobada el pasado mes de diciembre, la cual no fue debidamente armonizada, ni consultada de manera apropiada, se tuvo que ganar en tribunales, lo que debió de ser reconocido en el congreso michoacano.
En segundo lugar, demuestra que la mayoría de los consejeros del Instituto Electoral de Michoacán #IEMich transgredieron y obstaculizaron derechos colectivos, discriminando, excluyendo e invisibilizando a la comunidad afromichoacana, al no interpretar las normas constitucionales y convencionales en favor de las comunidades afrodescendientes, donde el TEEMich tuvo que enmendarles la plana.
En tercer lugar, se estableció por parte de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos #CEDH a través de un Amicus curiae que el IEMich vulneró los derechos humanos a la libre determinación y autogobierno; a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada; y a la igualdad y no discriminación de la comunidad afromexicana de El Ticuíz. Además de que paralelamente la comunidad presentó una queja ante esta misma instancia por omisión legislativa e invisibilización.
Finalmente, felicitamos doblemente a la comunidad de El Ticuiz, porque además se encuentran celebrando su fiesta patronal y su primera edición de la Feria Afrocultural Ticuiz 2025, con la que revitalizan su historia, cultura y herencia como pueblo afrodescendiente. En hora buena.
¡VIVA EL PUEBLO AFROMEXICANO QUE LUCHA POR SU AUTONOMÍA!
TERUNHASKUA K’ OIA, ECHERI KA JURAMUKUKUA IAMENTU IRETECHANI
JUSTICIA, TERRITORIO Y AUTONOMÍA PARA LOS PUEBLOS ORIGINARIOS
CONSEJO SUPREMO INDÍGENA DE MICHOACÁN CSIM


.jpeg)
.jpeg)






