• Investigar y sancionar a responsables del delito de Tortura y otras violaciones a derechos humanos cometidas a Pueblos Originarios en Chiapas.

Este Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas A.C. (Frayba) documentó la situación jurídica de Juan de la Cruz Ruiz (Juan), perteneciente al pueblo indígena maya tsotsil, quien estuvo preso del 28 de febrero de 2007 al 09 de diciembre de 2019, acusado de un delito que no cometió. Su declaración fue obtenida bajo Tortura, no contó con traductor ni con abogado que conociera su lengua y cultura. El juicio fue seguido a pesar de carecer de pruebas directas que demostrarán su responsabilidad.

El Frayba expuso a las autoridades estatales el análisis jurídico que evidencia las violaciones al debido proceso y las garantías judiciales. Tanto en las declaraciones ministerial y preparatoria Juan detalló la situación de Tortura sin que las autoridades ministeriales y judicial iniciaran una investigación por este delito.

La detención de Juan y su proceso penal, se realizaron sin cumplir con las garantías del Artículo 8 de la Convención Americana sobre de Derechos Humanos, lo cual ha tenido graves consecuencias socioeconómicas para él y su familia, ha repercutido en sus ingresos, en la educación de sus hijos, la salud, la alimentación, entre otros. Además se vulneró el derecho de las personas indígenas a que se tomen en cuenta sus usos y costumbres al momento de integrar una averiguación previa o al ser juzgados, ser asistido por un traductor, por un defensor que conozca de su cultura y a que el agente del Ministerio Público o el Juez, tomen en consideración su pertenencia a un pueblo originario.

Como consecuencia de lo anterior, Juan fue sentenciado a 25 años de prisión por el delito de homicidio calificado y 5 años por el delito de extorsión, sumando una cantidad de 30 años. De los cuales pasó casi 13 años en privación arbitraria de su libertad.

Es importante mencionar que la discrecionalidad de la administración de justicia tiene límites, siendo uno de ellos el respeto de los derechos humanos. En el caso de Juan hubo vulneración del principio pro persona, progresividad, universalidad e interdependencia de los derechos humanos que todas y cada una de las autoridades están obligadas a respetar.

Además, desde el 11 de febrero de 2016, la Mesa de Reconciliación determinó la libertad de Juan por encontrar violaciones graves a sus derechos humanos, cuadernillo 387/MR/2012, firmada por Rutilio Escandón Cadenas en ese entonces como Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia, Juan Oscar Trinidad Palacios ex presidente de la CEDH, entre otros funcionarios. La Subsecretaria de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad no cumplió con la recomendación y Juan tuvo que acudir al recurso del amparo para que las autoridades reconocieran sus decisión.

Juan obtuvo su libertad el pasado 9 de diciembre de 2019, mediante resolución del cuadernillo 278/MR-2/2019, la Mesa de Reconciliación le otorgó el beneficio de sentencia suspendida.

Por lo anterior exigimos:

Investigar y llevar ante la justicia a los servidores o funcionarios públicos que por acción u omisión cometieron delitos como la Tortura en agravio de Juan de la Cruz Ruiz.

Obtener justa indemnización para Juan de la Cruz Ruiz y su familia tomando en cuenta el estándar internacional para la reparación de daños.

Que el Estado se pronuncie sin ambigüedades por la prohibición absoluta de la tortura y los malos tratos, cesando esta cotidiana, estructural y sistemática violación a los derechos humanos, especialmente de integrantes de Pueblos Originarios.

Agradecemos a las personas, colectivos, organizaciones, comunidades y los medios comunicación su solidaridad con la lucha digna de Juan de la Cruz Ruiz, de su familia, de las La Voz de Indígena en Resistencia, La Verdadera Voz del Amate, Viniketik en Resistencia y del Colectivo de Familiares de Presos en Lucha. Les seguimos convocando a impulsar la liberación de todas las personas que continúan privadas arbitrariamente de su libertad, hasta derribar los muros de la opresión.

San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
A 13 de diciembre de 2019
Boletín No. 22