presos políticos
Comunicado de Unión de Pueblos y Comunidades Purépecha por la libertad de Luis Fernando Sotelo
Ciudad de México 2 de abril de 2018
En la ciudad de México los malos gobiernos han hecho bandos, leyes y decretos que solo les son funcionales a los de arriba, sin importarles el pueblo; ejemplos de ello son los bandos que han abierto el paso a la especulación inmobiliaria, y los que impiden el derecho al trabajo en vía pública para los hermanos indígenas residentes en la Ciudad de México.
Las leyes solo han demostrado que la justicia es una mercancía, pero también sirven como instrumento de la represión, como el Artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal, que se ha utilizado como instrumento para justificar de forma sistemática la represión en contra de quien proteste, considerando las autoridades a estas protestas un delito, para poder injustamente encarcelar a cualquiera.
Tal es el caso del compañero Luis Fernando Sotelo Zambrano, quien fue detenido y acusado del delito de ataques a la paz pública durante la tercera jornada global por Ayotzinapa el día 5 de noviembre de 2014, se le fabricaron delitos y actualmente se encuentra secuestrado por el mal gobierno de la Ciudad de México. Nuestro compañero está siendo utilizado para demostrar que el mal gobierno no se va a detener y podrá encarcelar a quien quiera.
Mitin por la libertad de Luis Fernando Sotelo: 4 de abril en la Suprema Corte de Justicia
25 de Marzo de 2018.
A lxs compas solidarixs.
Durante las últimas décadas los gobiernos de la ciudad de México han intentado ofrecer a los intereses del capital la garantía de eliminar la oposición a sus proyectos de muerte y despojo, con lo cual han copiado de políticas europeas la administración de la cero tolerancia (Con AMLO, Ebrad y Mancera), para crear códigos penales que dan pie a la criminalización de la protesta y los sectores de por si excluidos.
El artículo 362 del código penal de la ciudad de México determina que es un delito “presionar al gobierno para que tome ciertas medidas” teniendo un amplia similitud a la tipificación del delito de terrorismo. El delito de Ataques a la Paz Pública específica que será castigado “aquel que por medio de la inundación, terremoto o incendio provoque el pánico a la ciudadanía”, provocando así una laguna jurídica que ocasiona una ambigüedad en el criterio de quién juzga, permitiendo así que en repetidas ocasiones se realizen detenciones durante las marchas, protestas y manifestaciones, teniendo como resultado a varios compañeros detenidos arbitrariamente y procesados bajo este delito, un delito que podríamos considerar como meramente político pues ha sido utilizado repetidamente para reprimir y criminalizar al movimiento social.