«Error técnico» pone en riesgo el territorio de Ostula
Por Dante A. Saucedo y Regina López | Agencia SubVersiones
En la costa de Michoacán, entre las aguas del Océano Pacífico y la Sierra madre del sur, habita el pueblo nahua de Santa María Ostula. Al menos desde el siglo XIX, ganaderos, pequeños propietarios, mineros y, más recientemente, narcotraficantes, han intentado despojarlo su territorio.
La comunidad de Ostula ha sabido defenderse por todos los medios posibles, pero hoy se enfrenta de nuevo a un riesgo que parecía haberse conjurado ya: un «error técnico» en el plano de la comunidad —generado y solapado por intereses políticos— amenaza más de seis mil hectáreas de territorio comunal.
Apenas en enero pasado, un juzgado agrario volvió a dar la razón a los «pequeños propietarios» que reclaman la propiedad de las tierras bajas y fértiles al norte de la comunidad. Pero la respuesta es clara: las tierras no están «en disputa», son de Ostula y se van a defender.
I. Una historia política del despojo
Los intentos de invasión a la comunidad de Ostula vienen de lejos. Como en todos los antiguos asentamientos nahuas de la sierra-costa michoacana —y en buena parte de las comunidades indígenas del país—, la ola más agresiva de usurpación de tierras comunales fue detonada por las leyes liberales que comenzaron con las Reformas Borbónicas del siglo XVIII y culminaron con las reformas juaristas.
La Ley Lerdo de 1856 fue el tiro de gracia con el que las élites liberales quisieron dar fin a las comunidades indígenas. Desde la perspectiva juarista, los bienes comunales y las estructuras civiles de los pueblos eran un obstáculo para el desarrollo del país. El objetivo era claro: fraccionar los territorios de las comunidades indígenas para repartirlos de manera individual favoreciendo, por supuesto, a los grandes inversionistas y a los pequeños propietarios de origen mestizo. La guerra de despojo entraba en una nueva fase.
En la provincia de Coalcomán, a la que pertenecía entonces Ostula, los intereses económicos eran fundamentalmente los mismos de hoy en día: en 1805 se abrió allí la primera empresa de altos hornos para procesar el hierro de las minas que se encuentran en la sierra. Además, las bahías en territorio de Ostula eran vistas como puertos potenciales para comerciar los minerales y la riqueza forestal de la región. Por otro lado, una ola migratoria de rancheros y ganaderos había llegado desde Jalisco, pasando por Cotija y Peribán y atravesando la región de Tierra Caliente. Su meta eran las tierras bajas y fértiles cercanas a la costa.
La presión sobre el territorio comunal no era propia de un solo grupo político. Como hoy, partidos opuestos compartían el mismo interés por despojar a los pueblos de sus tierras. Es ilustrador que los intereses de los liberales juaristas fueran exactamente los mismos que le expuso José Guadalupe Romero a Maximiliano de Habsburgo en sus Noticias estadísticas del Partido de Coalcomán en 1863.
Las leyes liberales le permitieron, pues, a los rancheros e inversionistas ir avanzando sobre las comunidades indígenas de la región. Tenían a su disposición el aparato legal y la fuerza política local. Donde encontraban resistencia, no dudaban en utilizar la violencia. Ese fue el caso de Coalcomán, donde un grupo de guardias blancas masacró a todos los comuneros que aun defendían sus tierras.
Un poco más hacia la costa, el fraccionamiento de la comunidad indígena de Maquilí será uno de los factores que, décadas después, pondrá en riesgo los bienes comunales de Ostula. Presionados por el incremente en el valor catastral de sus predios, e incapaces de pagar los impuestos sobre ellos, los comuneros de Maquilí se vieron forzados a vender sus terrenos a los rancheros que venían de Peribán, Coalcomán y Villa Victoria. Precisamente la comunidad de Maquilí era la que marcaba el lindero norte del territorio de Ostula.
Justo al norte de ese límite, los nuevos pequeños propietarios de la «excomunidad» de Maquilí siguieron avanzando hacia las tierras bajas de la costa, bañadas por la desembocadura del rio Aquila. Allí fundarían poco después el poblado de La Placita, el nuevo bastión de los rancheros en la costa, desde donde avanzarían para ocupar ilegalmente el territorio comunal de Ostula.
Aun después de la revolución de 1910, la situación de los pueblos indígenas de la región era la misma: las leyes juaristas habían «desaparecido» del plano jurídico a los bienes comunales: sólo existían «excomunidades» y propietarios individuales. Los pueblos que lograron resistir lo hicieron fortaleciendo sus órganos de decisión interna y el cuidado de sus límites.
Al mismo tiempo, la figura del «ranchero» se mostraba como el arquetipo que habría de detonar el «desarrollo agrario», ocupando y «colonizando» los terrenos «baldíos». Esto significaba, en los hechos, que los propietarios de origen mestizo debían continuar la política de ocupación y despojo de los territorios comunales, iniciada en el siglo XIX. En 1928, propietarios de Aquila hicieron la primera incursión armada en terrenos comunales de Ostula. Los rancheros de Maquilí y de la Placita, por otro lado, comenzaron los trámites para solicitar la dotación de tierras ejidales.
En este contexto, la comunidad indígena de Santa María Ostula comenzó en los años cincuenta la solicitud de confirmación y titulación de sus bienes comunales. Amparado por el código agrario de 1940, ese proceso ofrecía a los pueblos indígenas la posibilidad de reconstituirse como entidades jurídicas y agrarias con tenencia colectiva de la tierra. Para lograrlo, los pueblos debían mostrar sus títulos primordiales: documentos usualmente virreinales donde se demostraba su propiedad sobre la tierra.
Además, el proceso incluía el levantamiento de un plano proyecto, donde se marcaran claramente los límites de la comunidad frente a las tierras colindantes. La titulación culminaba con la constitución de una carpeta básica: una serie de documentos que incluían, entre otros, una resolución presidencial donde se daba legalidad a la certificación de los bienes comunales, y un plano definitivo señalando los límites del territorio. Fue precisamente en la elaboración de ese plano definitivo cuando comenzaron los «errores técnicos» que, aun hoy, amenazan la integridad del territorio comunal de Ostula.
II. Los bienes comunales y el plano definitivo
El 17 de enero de 1952, J. Trinidad Verdía, representante de la comunidad indígena de Ostula, realizó la primera solicitud de confirmación y titulación de sus bienes comunales. Se trataba de una medida de defensa, acordada colectivamente, ante la solicitud de los rancheros de la Placita para ser dotados con tierras ejidales.
Los representantes de la comunidad entregaron los títulos primordiales, fechados en 1802 y 1803, donde se mostraban los límites y la tenencia comunal de su territorio. Los planos fueron certificados y, en 1959, Antonio García Coira fue enviado a realizar los «trabajos técnicos informativos»; es decir, los primeros levantamientos para trazar el plano proyecto de la comunidad.
Durante sus trabajos informativos, García Coira levantó el primer censo de comuneros y certificó 19, 032 hectáreas «libres de disputa»: las mismas que aparecerían en la resolución presidencial emitida, finalmente, en 1964. Sin embargo, ya desde 1959 habían conflictos por invasiones de terrenos comunales, tanto en la zona costera —colindante con La Placita— como en la sierra, en terrenos colindantes con Aquila y Huizontla.
Luego de los primeros trabajos, el proceso de certificación se retrasó por una situación que, a la larga, habría de convertirse en una de las principales amenazas a la comunidad de Ostula. En 1960, el Ejército Mexicano, en complicidad con los caciques que ya comenzaban a invadir tierras comunales, entró a la cabecera de Ostula. Allí, torturó a varios comuneros y, a otros más, los dejó colgados por manos o pies durante días.
Se trata del primer caso de un modelo que habría de repetirse durante décadas. En un informe, el Procurador de Asuntos Indígenas de Uruapan, Jesús Rodríguez Revueltas, describe cruda y explícitamente la complicidad entre los pequeños propietarios de La Placita y las Fuerzas Armadas:
Ante la actitud resuelta y valiente de la mayoría de los indígenas y ante el temor de perder su poderío y los grandes beneficios que recibían estos caciques pueblerinos, decidieron recurrir a la ayuda del Sargento Segundo del Ejército destacamentado en el cercano poblado de La Placita de nombre Patrocinio Sánchez Cruz, quien se trasladó a Ostula […] por agarrar a los más rebeldes, según él, a quienes después de golpear despiadadamente amarrados de pies y manos, los mantenía colgados de las manos durante varios días. [1]
Es claro que la existencia y la defensa de los bienes comunales de Ostula amenazaba poderosos intereses en la región. La comunidad, sin embargo, no se dejó amenazar y continuó el proceso por la vía legal.
En 1961 se llevaron a cabo los trabajos para el plano proyecto: el trabajo del ingeniero Gabino Mendoza fue calificado como «deficiente» por el primer revisor, José F. Osorio Labastida. Finalmente, en 1964 se emitió la resolución presidencial que le daba certeza jurídica a la propiedad comunal de las tierras de Ostula. La elaboración del plano definitivo, sin embargo, fue el origen de los problemas que hoy enfrenta la comunidad.
Según el protocolo, el ingeniero responsable debía levantar el plano definitivo utilizando los datos de los trabajos previos pero, sobre todo, realizando un trabajo de campo minucioso, cotejando los datos en el terreno y realizando los amojonamientos correspondientes. El objetivo era, por supuesto, darle certeza a la comunidad y evitar futuros conflictos. En el caso de Ostula, lo que sucedió fue exactamente lo contrario.
Antonio Yeverino, el topógrafo enviado por las autoridades para realizar ese trabajo, informó en un telegrama que el día 9 de octubre de 1964 había ejecutado, «sin incidentes», la posesión y el deslinde de las 19 032 hectáreas de bienes comunales de Santa María Ostula: es decir, que había marcado los límites claramente para entregar formalmente las tierras a la comunidad. Pero desde el primer momento, las autoridades comunales denunciaron que firmaron el acta bajo presión, y que el ingeniero nunca realizó los trabajos correspondientes.
El 6 de noviembre de 1966, en una carta dirigida al presidente de la República, el Presidente del Comisariado de Bienes Comunales de Ostula, Braulio Cárdenas Ríos, denunció que Gabino Mendoza Rentería, comisionado del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, había recibido dinero en efectivo para beneficiar a los pequeños propietarios de la Placita de Morelos. Además, escribió que
cuando vino el Ing. Antonio Yeverino, con fecha 9 de octubre de 1964, para darnos la posesión Provisional, éste se negó a ir a recorrer los linderos que se nos fueron entregados. [2]
En su carta de denuncia, las autoridades de Ostula mencionan que Yeverino se negó a trazar la línea que va en línea recta del Cerro del San Franciscote, en la zona norte, da vuelta rumbo al oeste y pasa por el Cerro de la Lagunilla, la mojonera del Cirian o los dos Cerritos Pequeños y continúa por el Cerro de Mancira hasta llegar al punto conocido como las Majaguas, en el litoral del Pacífico. Se trata, precisamente, de la franja de terreno que hoy los pequeños propietarios reclaman como suya. El «error técnico» del 9 de octubre de 1964, parece ser una coartada para ocultar una intención política de despojo.
III. Los «errores»
Cuando se confronta el plano definitivo con el territorio, el «error» es claro. En la zona sur, en la costa del Pacífico, el límite de la comunidad está marcado por la mojonera conocida como Tres Cruces o Huistla. De allí sube en línea recta hacia la sierra, hasta llegar al cerro del Tepataste. Allí vira hacia el norte, hasta el cerro conocido como San Franciscote. Desde allí vuelve hacía la costa: pasa por el cerro de Mancira, y gira hacia el sur brevemente antes de volver a virar en línea recta hacia la costa. Allí, el perímetro se cierra en la mojonera conocida como de la Canaguancera, marcada en el plano definitivo como la estación topográfica 149. El Océano Pacífico marca el último límite.
Resulta evidente que el ingeniero Yeverinos no realizó el trabajo de campo ni siguió las instrucciones y notas del plano proyecto y de los trabajos informativos realizados por García Coira. Un detalle debería bastar para mostrarlo: cuando se confronta en la realidad el plano realizado por Yeverinos, la costa del Pacífico aparece varios kilómetros tierra adentro.
Otro ejemplo: las coordenadas que marcan la desembocadura del rio Ostula —las estaciones 162 y 163 del plano— se encuentran, en el terreno, en una parcela de papayas, a varios kilómetros de la desembocadura real. El poblado de la Ticla y el de la Cofradía —los dos más habitados de la comunidad, luego de la cabecera— aparecen fuera del territorio comunal. La deficiencia del trabajo de Yeverinos es evidente.
En la zona norte, la deficiencia revela su origen político. Allí, el trazo aprobado por Yeverinos deja fuera del territorio comunal las zonas costeras —planas y fértiles— desde el punto conocido como La Peña, hasta la Canaguancera. Y aun más, hasta la mojonera conocida como las Majahuas, el límite reconocido por la memoria de la comunidad y por los títulos primordiales. Incluso en el plano proyecto aparece una anotación del ingeniero Gabino Mendoza en ese punto, reconociéndolo como el límite de los linderos comunales.
Esas tierras son las que rancheros de La Placita habían comenzado a invadir, y que reclamaban como suyas en pequeña propiedad o como parte de la dotación ejidal de Salinas de la Placita. Aunque los trabajos informativos de García Coira respetaban el trazo de los títulos primordiales, Yeverinos —a quien también se le acusa de haber recibido dinero de las autoridades de Aquila, la cabecera municipal— dejó fuera las mojoneras del Estacón, y las Majahuas. Además, sus «errores técnicos» abrieron la puerta para que los pequeños propietarios pudieran reclamar como suyas las tierras que pertenecen a Ostula.
En efecto, cuando se comprueban las coordenadas en campo, situando con sistemas de geo localización satelital los puntos inamovibles del territorio, y se corrige el trazo en el plano, la línea coincide tanto con los títulos primordiales como con la memoria viva de los ancianos de la comunidad. Por ejemplo, cuando los puntos 162 y 163 se sitúan realmente en la desembocadura del río Ostula, el punto 149 —el límite norte en el Pacífico— se recorre 2, 147 metros para coincidir, exactamente, con la mojonera de las Majahuas. No cabe duda: las tierras «en disputa» son de Ostula, y fueron invadidas por décadas.
IV. Las tierras hoy
Durante años, la comunidad intentó solucionar el diferendo en los límites con los pequeños propietarios. En 1978, por ejemplo, las autoridades de Ostula solicitaron trabajos de deslinde y se reunieron con Julián González Ayala, quien decía ser el propietario del Rancho La Peña. Una y otra vez, los trabajos no se realizaban o sea hacían en clara ventaja para los pequeños propietarios.
En 1989, la comunidad de Ostula hizo el primer intento de recuperar las tierras invadidas. En aquella ocasión, las y los comuneros se retiraron, a petición del gobierno, como muestra de «buena voluntad» para negociar una solución. El 22 de julio de 2003, 800 comuneros llegaron de nuevo hasta el paraje conocido como la Canaguancera. Aquella vez se limitaron a limpiar los terrenos y se retiraron poco después. Un comunero recuerda que la gente de la Placita se burlaba de ellos. «Qué bueno que ya vinieron esos indios a limpiarnos gratis las tierras», decían. Pero su respuesta fue mucho más allá de las burlas.
En 2004, los pequeños propietarios de la Placita promovieron un juicio agrario para apoderarse de las tierras de Ostula que el deficiente plano de Yeverinos y Mendoza había dejado fuera. Se trata de un proceso jurídico que aun continúa, y cuyo último fallo ha sido negativo para la comunidad. Los intereses de los caciques se han seguido imponiendo y, hoy, son más oscuros que nunca.
Apenas en 2002, en el rancho conocido como Los Mendoza, dentro de los terrenos invadidos, tuvo lugar una de las primeras masacres en la zona vinculadas al crimen organizado. En aquellos años, José Mendoza Soto —supuesto dueño del rancho, narcotraficante, y uno de los demandantes de la Placita— recibía en la costa cargamentos de cocaína provenientes de Colombia. Luego, en su rancho, los empaquetaba en grapas para después entregarlos, en la sierra, a operadores del Cártel de Sinaloa. Luego de una fiesta en su rancho —dentro del territorio de Ostula—, sicarios del cártel masacraron a nueve personas.
Otro de los propietarios que promovieron el juicio en contra de la comunidad de Ostula es nada más y nada menos que Federico González, El Lico. Aunque fue detenido en 2017, El Lico sigue siendo recordado como el responsable de una ola de terror que asoló a la comunidad de Ostula. Jefe de plaza del Cártel del Milenio —de la familia Valencia, hoy vinculada al Cártel Jalisco Nueva Generación— y luego de la Familia Michoacana y de los Caballeros Templarios, el Lico controló el tráfico y la extorsión en la región, y es el principal responsable de los 35 comuneros asesinados y los 6 desaparecidos de Ostula.
Con esos antecedentes, en 2008 el Tribunal Unitario Agrario número 38, en Colima, dictó la primera sentencia del expediente 78/2004, siguiendo las mismas inconsistencias del plano definitivo y favoreciendo a los pequeños propietarios. La comunidad, entonces, presentó un recurso de revisión que le fue denegado, no sin levantar sospechas: el Tribunal Superior Agrario tomó la decisión en apenas un mes, un tiempo récord para asuntos de esta naturaleza.
La comunidad presentó entonces un amparo que le fue concedido por una instancia de la Ciudad de México, argumentando que se habían violado garantías de la comunidad, expresadas en los artículos 14 y 16 constitucionales: los derechos de audiencia y seguridad y legalidad jurídicas. La decisión fue ordenar al Tribunal Superior Agrario que emitiera una nueva sentencia; éste, a su vez, ordenó al Tribunal Unitario Agrario de Colima que recabara los datos de los trabajos del plano proyecto para que los peritos realizaran de nuevo el plano de la comunidad, basándose en los puntos inamovibles del territorio.
Durante esos trabajos, el perito topógrafo de la comunidad realizó en campo los levantamientos y, realizando los ajustes necesarios —como los de la desembocadura del rio Ostula—, comprobó que el punto 149, el límite norte de la comunidad, queda en la mojonera de la Canaguancera: las tierras supuestamente en disputa pertenecen claramente a Ostula.
Sin embargo, el perito de los pequeños propietarios, y el tercer perito, contratado para dirimir la diferencia entre los dos primeros, fallaron en contra de la comunidad siguiendo las inconsistencias del plano definitivo. En la comunidad se sabe que, al igual que en 1964, los peritos no realizaron debidamente los trabajos en campo, especialmente en la zona del Cerro de Mancira, uno de los puntos clave en el límite norte, al que sólo se puede acceder luego de varias horas caminando.
Así, el pasado 15 de enero, el Tribunal Unitario Agrario dictó de nuevo una sentencia desfavorable para la comunidad de Ostula. Al igual que en 2008 —y a pesar del amparo que ordena levantar de nuevo el plano—, la sentencia valida sin ninguna modificación el plano de Mendoza y Yeverinos, con sus inconsistencias y los intereses económicos y políticos que protege.
En efecto, el polígono que la sentencia deja fuera para entregar a los pequeños propietarios, es uno de los más codiciados, desde el siglo XIX. Actualmente, dentro de él se encuentran buena parte de las concesiones mineras adjudicadas dentro de terrenos comunales. La empresa trasnacional Ternium, a través de su filial Las Encinas, tiene los títulos para la extracción de hierro en esas vetas. Hasta ahora, la comunidad ha impedido la entrada de cualquier tipo de explotación mineral.
Además, en esas tierras se encuentra una bahía sobre la que se han proyectado desarrollos turísticos y puertos de carga, sobre todo para transportar el hierro de la mina que ya opera en el municipio de Aquila, y para las maderas preciosas, muchas de ellas ilegales. Tal y como sucede en otros sitios, un puerto así se convertiría un bastión del crimen organizado en la zona. Desde el siglo XIX, juaristas, conservadores, porfiristas, partidistas y narcotraficantes han tenido un solo sueño: ocupar esas tierras. Esta sentencia se los concede.
V. Ostula resiste
Pero la comunidad de Ostula es más fuerte que nunca. Luego de la sentencia de 2008 —que es prácticamente la misma que la del 15 de enero de 2019—, la asamblea de comuneros decidió reorganizarse alrededor de tres ejes: el jurídico, el político y el de la organización comunitaria. Los pequeños propietarios habían comenzado a lotificar las tierras comunales. El profesor Diego Ramírez fue elegido para coordinar la Comisión en Defensa de los Bienes Comunales y de reestructurar la Guardia Comunal, desaparecida por el municipio de Aquila en 1989.
Poco tiempo después comenzó lo que en Ostula llaman «la guerra contra la comunidad». El 12 de abril de 2008, la Marina Armada se apostó en La Placita; como en 1960, el objetivo era seguir las órdenes de los caciques locales y amedrentar a la comunidad. El 28 de junio de 2008 fue brutalmente asesinado Diego Ramírez. Su cuerpo fue hallado en La Peña, uno de los puntos que los pequeños propietarios reclaman. El mensaje era claro.
Pero la comunidad no cedió y, finalmente, el 29 de junio de 2009 un grupo de comuneros y comuneras, encabezados por la Guardia Comunal, recuperó por la vía de los hechos el paraje de la Canaguancera. La comunidad decidió respetar la Resolución Presidencial de 1964 y recuperar sólo hasta la estación 149, sin avanzar hasta las Majahuas, como marcan los títulos primordiales.
El día mismo de la recuperación comenzaron a levantarse las casas de un pueblo que hoy tiene más de sesenta familias, una escuela primaria, una capilla, palmas de coco, tamarindo y parcelas de cultivo. En memoria de Diego Ramírez, ese pueblo se llama San Diego Xayakalan.
Desde entonces, Xayakalan es uno de los bastiones de la resistencia de Santa María Ostula. Allí han crecido niños y niñas que saben que esas tierras son suyas, que se defendieron y que se recuperaron gracias al trabajo y al valor de generaciones de comuneras y comuneros.
La sentencia emitida el 15 de enero pasado es un nuevo golpe para la comunidad: se trata del más reciente intento de disfrazar de resolución legal un despojo documentado durante décadas. Como siempre lo ha hecho, el pueblo de Ostula seguirá buscando que sus derechos sean reconocidos jurídicamente. Pero, pase lo que pase, no dejará que un «error técnico» les arrebate las tierras que le dan sustento, vida y alegría.
Notas:
- Citado en John Gledhill, Cultura y desafío en Ostula, Zamora, El Colegio de Michoacán, 2004, p. 299.
- Citado en ibid., p. 305.
A resistir compañeros, esos errores técnicos los hay en todos lados y es necesario luchar para corregirlos y con ello te ter bases para seguirlos corrigiendo en todos los territorios indígenas con ese problema. Saludos desde Taxhimay, comunidad otomi del centro del pais. Donde tenemos exactamente el mismo problema.
Comment by Miguel Angel pereza gante — Mar-28-2019 @ 05:03