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Pueblos llaman a la defensa organizativa y legal contra acuerdo que blinda proyectos de AMLO
Por Sare Frabes
El Congreso Nacional Indígena (CNI) se declara en estado de alerta por el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), firmado el 22 de noviembre, el cual obliga a las instancias federales a emitir autorizaciones a megaproyectos en un plazo no mayor de cinco días. Por ello, anunció que iniciaron la interposición de amparos en contra del acuerdo desde diversos pueblos indígenas.
Dos de estos amparos fueron interpuestos por pueblos del Istmo de Tehuantepec, en donde está el proyecto del Corredor Transístmico. Uno por mujeres zapotecas de diferentes comunidades de la región, y otro por la comunidad Puente Madera, donde se pretende construir uno de los 10 polos de desarrollo.
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De acuerdo con Juan Carlos Flores, abogado del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua – Morelos, Puebla y Tlaxcala (FPDTA-MPT), organización integrante del CNI, el acuerdo viola por lo menos diez artículos constitucionales, cuatro convenios internacionales y 120 artículos de leyes federales. “Estamos demandando a todo el gabinete presidencial, que son 20 autoridades federales, incluyendo el presidente de la República y la Fuerza Nacional”, explica el abogado.
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La exigencia de los pueblos es que los jueces otorguen la total suspensión del acuerdo. “Es el arma, la pistola, el rifle, el cañón dirigido hacia a los pueblos indígenas, donde primero van a disparar y después van a preguntar”, sostiene el abogado.
Inconstitucionalidad
En la reforma constitucional de 2001, les negaron a los pueblos indígenas el derecho de ser reconocidos como sujetos de derecho público. “Se estableció el derecho de los pueblos indígenas como de interés público. Aun con esta migaja, los megaproyectos, también declarados de interés público [por el acuerdo], no pueden estar por encima de los pueblos”, explica Flores.
Además, argumenta el abogado, los derechos de los pueblos indígenas son también equiparables a los derechos de los sujetos agrarios de México. “Los ejidos y los bienes comunales tienen esta garantía constitucional de que no se puede pasar ningún acto de gobierno por encima de sus tierras, montes o aguas. Son también de interés publico los ejidos así como los pueblos indígenas. Eso lo marca la constitución, lo marca la ley agraria”. Por eso “estamos demandando la suspensión de este acuerdo”, reafirma el abogado.
Condiciones desiguales
El abogado del FPDTA-MPT relata la dificultad de llevar a cabo la defensa de los territorios en México. “Los amparos son complejos y desgastantes para los pueblos. En los procesos hay que enfrentar estudios de más de 800, 1000 páginas, que ni siquiera están en sus lenguas”.
Otra dificultad, por ejemplo, es lograr el peritaje que demandan los procesos. “En el caso del Proyecto Integral Morelos, que está en zona de riesgo volcánico, llevamos por lo menos siete años buscando un perito en vulcanología que es necesario para demostrar la inviabilidad de este proyecto y no existe en todo el sistema mexicano de justicia un perito en vulcanología”, relata Flores.
En comunicado, el CNI sostiene que las sucesivas reformas constitucionales, las leyes vigentes y los órganos judiciales están “fundamentalmente a favor de los intereses empresariales, pues, son parte sustancial de este sistema”.
Por lo mismo, “nos dejan caminos difíciles para defendernos en el ámbito legal y aun así resistimos con nuestra organización utilizando los resquicios que las leyes nos dejan e interponiendo toda clase de juicios y recursos en contra de las arbitrarias determinaciones políticas, administrativas y judiciales que nos atacan, que buscan cercarnos y arrinconarnos”, detalla el comunicado.
Frente a todo ello, “a estas condiciones desproporcionadas de defensa del territorio, ahora nos dicen que en cinco días van a autorizar a los megaproyectos. Estamos viviendo un acrecentamiento de la guerra de exterminio hacia a nuestros pueblos indígenas”, resume el abogado.
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Intervención en las comunicaciones
Otro punto que ha sido poco comentado sobre el acuerdo firmado por Obrador es que, por establecer los megaproyectos de seguridad nacional, puede vulnerar la privacidad de los defensores de derechos humanos. Puede “implicar intervención de las comunicaciones de las personas defensoras de territorio y de derechos humanos”, aclara Flores.
Llamado
El CNI extiende la alerta a todos los pueblos de México. “Vayamos organizándonos en nuestros territorios, interponiendo recursos legales contra esta acción regresiva de los derechos indígenas, porque significa el exterminio de nuestros territorios”, dice el abogado.
El Estado Guatemalteco es hallado culpable por masacre en Aldea Los Josefinos en 1982 bajo el régimen de Ríos Montt
Por Juan Calles
Era de madrugada, en la aldea Los Josefinos, en la Libertad Petén, pocas personas se habían levantado de su cama para iniciar la jornada del día, de pronto, la aldea estuvo rodeada por elementos del Ejército de Guatemala; para antes de llegar el medio día la aldea había sido arrasada, ancianos, niños, niñas, hombres y mujeres fueron masacrados, era 29 de abril de 1982.
Después de asesinar a familias enteras, los efectivos militares quemaron las viviendas y al siguiente día enterraron los cuerpos en una fosa común.
Al menos 38 personas murieron durante la masacre, algunos sobrevivientes huyeron a las montañas cercanas y otros salieron del país como refugiados políticos.
Este 21 de diciembre de 2021 la Corte Interamericana de Derechos Humanos – CorteIDH – encontró al Estado de Guatemala responsable internacionalmente por las violaciones de derechos humanos relacionadas con la masacre de la Aldea Los Josefinos. Al mismo tiempo, el caso se encuentra bajo investigación por parte de la Unidad de Casos Especiales del Conflicto Armado Interno de la Fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Público en Guatemala.
En la sentencia de la CorteIDH se señala al Estado de Guatemala como responsable de la desaparición forzada de 14 personas, el desplazamiento forzado de 7 personas y sus núcleos familiares, la violación al derecho a la familia de 6 personas, la violación del derecho a la niñez de 6 niños y niñas, así como la violación de los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial y a conocer la verdad en perjuicio de 1.439 personas; el tribunal internacional también determinó que el Estado violó el derecho a la integridad personal de los familiares de las personas que fueron desaparecidas y ejecutadas extrajudicialmente, así como de las víctimas sobrevivientes de la masacre.
La sentencia también ordena medidas de reparación
Entre otras, la CorteIDH ordena al Estado guatemalteco:
- Remover todos los obstáculos legales y no legales que mantienen la impunidad en este caso
- Continuar o reabrir las investigaciones que sean necesarias para sancionar a los responsables de las violaciones de los derechos humanos
- Elaborar un plan detallado con definición de objetivos y metas concretas para la búsqueda de los miembros de la Aldea los Josefinos desaparecidos forzadamente
- Implementar una medida de fortalecimiento del centro de salud ubicado en la Aldea Los Josefinos mediante la dotación de recursos humanos permanentes y calificados en materia de atención a la salud física, psicológica y odontológica
- Continuar con la construcción del monumento en la zona donde se encontró la fosa clandestina, así con la instalación de una placa conmemorativa de los hechos ocurridos
- Realizar un documental audiovisual sobre la masacre ocurrida los días 28 y 29 de abril de 1982 en la Aldea Los Josefinos.
La comisión del esclarecimiento histórico documentó 669 masacres durante la guerra civil de 36 años, de las cuales 626 fueron atribuidas al ejército de Guatemala; el conflicto dejó unos 200.000 muertos y desaparecidos, según el informe presentado en 1999.
Proceso de exhumación de la fosa común en la aldea Josefinos en Petén: