
Frayba
(Español) [Frayba] Persiste riesgo a la vida de indígenas tsotsiles en Aldama, Chiapas
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México.
25 de abril de 2018
Acción Urgente No. 04
El Frayba manifiesta su preocupación por el riesgo a la vida en el que se encuentran indígenas tsotsiles de comunidades de Aldama, Chiapas.(1)
Desde el pasado 15 de abril hasta la fecha se han intensificado los disparos de armas de fuego en diferentes comunidades del municipio de Aldama, de manera continua durante todo el día; lo cual ha generado un ambiente de terror en la población, por lo que varias familias se han desplazado forzadamente al monte para resguardarse de los disparos y algunas han tenido que huir a la cabecera municipal y a otros lugares.
Según la información recibida, las comunidades que en este momento se encuentran en mayor riesgo son: Koko´, Xuxchen, Cotsilman, Tabak y la cabecera municipal de Aldama. En Tabak los disparos han hecho daño a instalaciones del servicio eléctrico, por lo que la población teme quedarse sin luz aumentando el miedo. Los testigos refieren que los disparos provienen de Manuel Utrilla, Santa Marta y otras comunidades de Chenalhó que colindan con Aldama.
El Frayba considera que la situación en el municipio de Aldama y de las comunidades que colindan con Chenalhó es cada vez más crítica. Como lo hemos hecho saber la ineficacia en la intervención del Estado mexicano está ocasionando y permitiendo el crecimiento de la violencia.
Solicitamos al Estado mexicano:
Garantice la vida, la integridad y seguridad de las personas de las comunidades indígenas tsotsiles de Tabak, Koko´, Cotsilnam y de la cabecera municipal de Aldama, Chiapas.
Atender de manera urgente e integral la situación de desplazamiento de las comunidades afectadas por la violencia en Aldama, aplicando de manera inmediata los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de las Naciones Unidas. Así como realizar acciones de prevención con el fin de evitar que otras comunidades se desplacen de manera forzada debido a las agresiones armadas en la región.
Realizar una estrategia efectiva de desarticulación, desarme, detención y sanción a los grupos civiles armados de la región, así como una investigación a fondo de las autoridades responsables de la organización y actuación de los grupos armados.
Al gobernador Manuel Velasco Coello le exigimos asumir su responsabilidad como mandatario del Estado y atender de manera integral y de fondo la espiral de violencia que existe en la región, las violaciones a derechos humanos y la emergencia en la que encuentran las y los pobladores de Aldama.
Pedimos envíen sus llamamientos a:
Sr. Presidente Enrique Peña Nieto,
Residencia Oficial de los Pinos,
Casa Miguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec,
C.P. 11850, Ciudad de México;
Fax: (+52) 55 5093 4901;
Correo: enrique.penanieto@presidencia.gob.mx
Twitter: @PresidenciaMX
Lic. Alfonso Navarrete Prida
Secretario de Gobernación
Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez,
Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México,
C.P. 06600, México;
Fax: (+52) 55 5093 34 14;
Correo: secretario@segob.gob.mx
Twitter: @NavarretePrida
@SEGOB_mx
Luis Raúl González Pérez,
Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos,
Edificio “Héctor Fix Zamudio”,
Blvd. Adolfo López Mateos 1922, 6°piso,
Col. Tlacopac San Angel,
Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01040;
Ciudad de México;
Fax: (+52) 0155 36 68 07 67;
Correo: correo@cndh.org.mx
Twitter: @CNDH
Manuel Velasco Coello
Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas
Palacio de Gobierno del Estado de Chiapas,
1er Piso Av. Central y Primera Oriente,
Colonia Centro, C.P. 29009
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México
Fax: +52 961 61 88088 – + 52 961 6188056;
Extensión 21120. 21122;
Correo: secparticular@chiapas.gob.mx
Twitter: @VelascoM_
@gubernaturachis
Mario Carlos Culebro Velasco
Secretario General de Gobierno en Chiapas
Palacio De Gobierno, 2o. Piso, Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Conmutador: (961) 61 8 74 60 Ext. 20003
Correo: secretariaparticular.sgg@gmail.com
Twitter: @Secgob_Chiapas
Gustavo Víctor Moscoso Zenteno
Coordinación de Subsecretarías de Gobierno Regionales
Palacio de Gobierno, 2o. Piso, Centro C.P. 29200 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Conmutador: 61 874 60 Ext. 20031
Pedro Gómez Gómez
Subsecretario de Gobierno de la Región Altos Tsotsil-Tseltal
Francisco I. Madero No. 101, Barrio Guadalupe
C.P. 29200 San Cristóbal de las Casas, Chiapas.
Teléfono: 01 (967) 67 465 94 Fax: 01 (967) 67 465 94
(1) Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas. En riesgo la vida de indígenas tsotsiles de Aldama.
Acción Urgente No. 04. 22 de marzo de 2018. Disponible en: https://frayba.org.mx/accion-urgente-en-riesgo-la-vidade-indigenas-tsotsiles-de-aldama/ y Bases de Apoyo Zapatista en riesgo de desplazamiento forzado. 27 de marzo de 2018. Disponible en: https://frayba.org.mx/bases-de-apoyo-zapatistas-en-riesgo-de-desplazamiento-forzado/
Foto: Tabak, marzo 2018. (Carlos Ogaz)

(Español) Ejército mexicano responsable de crímenes de lesa humanidad
A 23 años de la ejecución de Gilberto Jiménez Hernández y 20 años de la ejecución de José Tila López García
El Estado mexicano garantiza impunidad en violaciones a derechos humanos cometidas por militares y por paramilitares, en territorios de pueblos originarios ocupados militarmente, como parte de una política contrainsurgente cuyo objetivo ha sido eliminar la resistencia zapatista y otros proyectos de organización autónoma. En el contexto de la estrategia diseñada e implementada desde el Plan de Campaña Chiapas 94, el Ejército mexicano provocó crímenes de lesa humanidad que permanecen en la impunidad.
El 18 de febrero de 1995 inició la incursión militar en el ejido La Grandeza, municipio de Altamirano, Chiapas, al día siguiente las familias se desplazaron forzadamente a la montaña por miedo, la mayoría eran mujeres, niñas, niños y personas mayores. El 20 de febrero, la patrulla de reconocimiento del 17º Batallón de Infantería compuesta por 54 soldados llegó al refugio de la población desplazada donde se encontraba Gilberto Jiménez Hernández con su esposa y sus diez hijos. Mientras buscaba refugio, un militar le ordenó detenerse, él se tendió en el piso pero el soldado Abner García Torres “sin ningún aviso ni motivo, le disparó, sin importar que Gilberto llevara a su hija en la espalda, desde una distancia aproximada de ocho metros.”
El 30 de noviembre de 2016, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó la responsabilidad del Ejército mexicano en la ejecución extrajudicial del campesino, indígena tseltal, Gilberto Jiménez Hernández (conocido como Caso La Grandeza) y recomendó al Estado mexicano investigar y reparar adecuadamente las violaciones a derechos humanos “considerando el daño a los familiares, así como los efectos comunitarios, en el marco del Plan de Campaña Chiapas 94.”[1]
El Informe de la CIDH significa el reconocimiento de una política genocida en contra de los pueblos originarios en Chiapas y es un avance para garantizar a las víctimas el derecho a la verdad, en la exigencia de no repetición. Dignifica la persistente acción en demanda de justicia por parte de los familiares de Gilberto Jiménez Hernández, testigos directos de la ejecución extrajudicial.
Sin embargo, el caso La Grandeza se encuentra en la impunidad, las acciones del Ejército mexicano han sido encubiertas deliberadamente. No ha habido una investigación adecuada, imparcial y efectiva de los hechos por parte de las instituciones de procuración de justicia civil. Se llevó el proceso jurídico en la misma instancia militar que cometió la violación a derechos humanos y los responsables no han sido sancionados.
Es preciso señalar que la violencia directa respondía a una lógica de guerra en contra de la población civil. En la zona norte de Chiapas el gobierno mexicano formó grupos paramilitares responsables de violaciones a derechos humanos, que actuaban con la omisión y permisividad del Ejército, como parte del Plan de Campaña Chiapas 94, un documento firmado por la Secretaría de la Defensa Nacional.
Otro crímen de lesa humanidad es la ejecución extrajudicial de José Tila López García2, indígena chol, el 21 de febrero de 1998, en la zona baja de Tila, por integrantes del grupo paramilitar3 Organización Desarrollo Paz y Justicia. José Tila fue ejecutado cuando regresaba de denunciar la violencia generalizada en la región ante la Comisión Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos (CCIODH). Su caso es conocido por la Relatoría Especial para Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias y Sumarias de la Organización de las Naciones Unidas.
En este contexto, la Ley de Seguridad Interior es un instrumento más para el ciclo de violencia y corrupción generado desde las estrategias de contrainsurgencia creadas por el Estado y ejecutadas por el Ejercito mexicano. La Ley permite el uso “legitimo” del Ejército mexicano para actuar en el ámbito de seguridad desde una lógica de guerra. La experiencia histórica en Chiapas refiere que la militarización genera violaciones a derechos humanos y mantiene la impunidad en crímenes de lesa humanidad, como las ejecuciones extrajudiciales de Gilberto Jiménez Hernández y José Tila López García.
La actuación del Ejército mexicano, en “apoyo” a las tareas de seguridad pública, responde a la criminalización de las personas y organizaciones sociales que luchan por los derechos humanos, legitima las injusticias cometidas en el pasado por militares y es un riesgo actual para las luchas por la autonomía y en defensa de sus territorios.
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México.
20 de febrero de 2018
Boletín No. 06
[1] Informe de Admisibilidad y Fondo No. 51/16 publicado el 17 de abril de 2017 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/2016/mxpu11564es.pdf