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Fidencio Aldama Pérez es un indígena Yaqui, originario de la comunidad de Loma de Guamuchil y defensor del territorio, desde el año 2009 vivía en la comunidad de Loma de Bácum, de donde es originaria su esposa. Ha estado privado de su libertad en el Centro de Reinserción Social de Ciudad Obregón, Sonora desde el 27 de octubre de 2016, acusado y sentenciado a 15 años y seis meses de prisión, por la supuesta comisión del delito de Homicidio Simple Doloso, cometido en agravio de la persona que en vida llevó el nombre de Cruz Buitimea Piñas.

El primero de noviembre de 2012 la empresa energética transnacional con sede en Estados Unidos, Sempra Energy, firmó un contrato con la Comisión Federal de Electricidad de México para construir el Gasoducto Sonora de 835 kilómetros de longitud, destinado a importar gas natural de Estados Unidos a México. En consecuencia, el 29 de agosto de 2013, el Gasoducto Sonora, proyecto de Infraestructura Energética Nova, S.A. de C.V. (IEnova), obtuvo de parte de la Comisión Reguladora de Energía, el permiso para construir los tramos Guaymas-El Oro, el cual atraviesa los ocho pueblos yaquis.

En ese contexto, el 28 de mayo de 2015, durante una asamblea realizada en la comunidad de Loma de Bácum, el pueblo decidió no conceder permiso a ninguna persona, compañía o entidad para entrar a sus tierras y territorio con el propósito de llevar a cabo actividad alguna con relación al proyecto del Gasoducto Guaymas-El Oro.

Al iniciar el camino de la resistencia contra el Gasoducto Sonora, inicio también la lucha jurídica por lo que, el 26 de abril de 2016 el Juzgado Séptimo de Distrito con sede en Ciudad Obregón, ordenó la suspensión del Gasoducto Guaymas-El Oro por no tener el consentimiento de toda la tribu. Sin embargo, la empresa Ienova no acató esa resolución judicial y continuó con los trabajos de construcción.

Mientras los miembros de la comunidad se reunían en asamblea el 21 de octubre de 2016, un grupo armado entró en Loma de Bácum con la intención de derrocar a las autoridades tradicionales de la comunidad e imponer otras autoridades a favor del Gasoducto. Este ataque dejó un muerto, varios heridos y doce vehículos quemados. El día de los hechos Fidencio se encontraba presente en el lugar, toda vez que formaba parte de la guardia tradicional. De esos hechos fue señalado como responsable, por lo que el 27 de octubre de 2016 fue detenido y puesto a disposición de las autoridades ministeriales y judiciales del Estado de Sonora, iniciando así un proceso penal plagado de contradicciones e irregularidades que fueron ignoradas por el Tribunal de Enjuiciamiento que conoció de su proceso, mismo que en fecha seis de abril de 2018 dictó la sentencia condenatoria en contra de Fidencio, resolviendo que era responsable de la comisión del delito de Homicidio Simple Doloso en agravio de Cruz Buitimea Piñas, imponiéndole una pena de 15 años y 6 meses de prisión, más una multa de $23,080.64, pesos y una reparación del daño moral de $47,019.5 pesos y finalmente una reparación del daño material aún sin cuantificar.

Al ser violatoria de derechos fundamentales y causar serios agravios a Fidencio Aldama, se presentó la apelación correspondiente en contra de la sentencia de primera instancia, misma que le tocó conocer a la Segunda Sala Mixta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, quien le dio entrada y la registró con el número de toca de apelación 22/2018. Seguidos los trámites ante dicha autoridad, en fecha 19 de noviembre de 2019 se emitió la sentencia de segunda instancia, resolviendo la Segunda Sala confirmar la sentencia condenatoria al considerar que se encontraban acreditados tanto el delito, como la responsabilidad penal de Fidencio, ignorando con ello, las contradicciones, irregularidades e inconsistencias que se hicieron evidentes durante todo el proceso penal seguido ante el Tribunal de Enjuiciamiento.

Continuando con el camino jurídico, el 20 de octubre de 2020, se presentó el Amparo Directo en contra de la sentencia emitida por la Segunda Sala Mixta, mismo que fue radicado en el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito del Estado de Sonora, asignándole el número 167/2020. Dicho amparo fue returnado a la ponencia de la Licenciada Luz Elba de la Torre Orozco en fecha 12 de agosto de 2021, quien a partir de esa fecha, tiene la encomienda de realizar el proyecto de sentencia que le puede devolver la libertad a Fidencio Aldama, misma será emitida en los próximos días.

Como se puede apreciar, el caso de Fidencio Aldama es una más de las injusticias que se cometen en contra de los defensores de la vida y del territorio, quienes se enfrentan a megaproyectos avalados por el Estado mexicano, donde siempre salen a relucir las empresas transnacionales, quienes al ver afectados sus intereses, utilizan el mismo modus operandi para continuar con sus proyectos de despojo: la represión y el encarcelamiento de los opositores.

Finalmente se destaca que, lo acontecido a Fidencio Aldama es un ataque directo y una afrenta a la tribu de Loma de Bácum, la cual tiene sus propias formas de organización, de toma de decisiones, de justicia, de auto defensa, por ello, el actuar del Estado al permitir la construcción de un Gasoducto sin consultar a las tribus yaquis, asi como la actuación de las instancias de procuración e impartición de justicia del Estado, han atentado contra ésta forma de organización, pero sobretodo, es un ataque a la autonomía y autodeterminación de toda una tribu.

¡LIBERTAD PARA FIDENCIO ALDAMA!

Febrero de 2022, Los Otros Abogadoz