Oaxaca
Desde el plantón mazatecas por la libertad, frente a la SCJN, el Congreso Nacional Indígena, la Asamblea Nacional por el Agua, la Vida y el Territorio y organizaciones solidarias exigimos la inmediata libertad de Miguel Peralta y los 14 exiliados de Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca
A LA SEXTA NACIONAL E INTERNACIONAL
A LA EUROPA INSUMISA DIGNA Y REBELDE
A LOS MEDIOS LIBRES
A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS INDEPENDIENTES
A TODA LA SOLIDARIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL.
A través de este pronunciamiento denunciamos que el Estado mexicano sigue financiando y prolongando la persecución judicial contra nuestras hermanas mazatecas defensoras del río Xangá Ndá Ge en la Comunidad Mazateca de Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca, y de la autonomía de su pueblo, como ocurre de manera sistemática en otros territorios de esta geografía que llamamos México.
La justicia nunca llega de arriba, se arrebata con rebeldía, con organización y solidaridad. Ninguna sentencia se gana en los trámites burocráticos, tortuosos y prolongados de los tribunales. Las libertades se ganan en las calles, cuando los pueblos dignos la construyen, a través de la denuncia pública y la demostración de la razón que les asiste, y especialmente, a través de la fuerza de la solidaridad.
La criminalización de la comunicación, de la defensa territorial, del agua, de la identidad indígena y del ejercicio histórico de la autonomía desde las propias formas de existir como pueblos se traduce en crímenes implementados por el poder capitalista desde una posición de poder político y económico inmensamente desigual, ligado a cacicazgos locales como sus operadores, para someter a los pueblos originarios; esta realidad se vive en Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca, en la montaña baja de Guerrero, en Jotolá Chiapas, o en Querétaro, Puebla, Sonora, Tlaxcala, Michoacán, Chihuahua o Jalisco.
La mal llamada justicia penal es un arma capitalista político-partidista para desarticular la organización comunitaria y dañar el tejido social desde mecanismos de tortura, caracterizada por una obstaculización permanente que impide el acceso a la justicia, criminalizando hechos, relatos y prácticas cotidianas.
En la experiencia de las compañeras y compañeros mazatecos de Eloxochitlán de Flores Magón, se puede hacer el recuento de cómo el sistema de injusticia fabrica delitos de alto impacto para desarticular y paralizar la organización comunitaria y la defensa de su río Xangá Ndá Ge. Desde el año 2014, el grupo caciquil seleccionó una lista de hasta 50 personas defensoras para incriminarlas.
(Continuar leyendo…)Pronunciamiento público de la asamblea general de Santa Ana Zegache en defensa del territorio, la libre determinación y los derechos colectivos
Santa Ana Zegache, Oaxaca.
La Asamblea General de Ciudadanas y Ciudadanos de Santa Ana Zegache, máxima autoridad de decisión de nuestra comunidad conforme a nuestra asamblea , así como a los principios de libre determinación reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, manifiesta a la opinión pública, a los gobiernos federal y estatal y a la sociedad en general lo siguiente:
Nuestro territorio representa mucho más que una extensión de tierra. Es el espacio donde se desarrolla nuestra vida comunitaria, nuestra historia, nuestra identidad, nuestras actividades agrícolas, nuestros bienes naturales y el legado que habremos de dejar a las futuras generaciones. Su protección constituye un deber colectivo y un derecho irrenunciable.
Ante la intención de construir el proyecto carretero denominado Corredor Vial Zapoteco, anteriormente conocido como Libramiento Sur, expresamos nuestro firme rechazo debido a las afectaciones ambientales, sociales, culturales y patrimoniales que implicaría para nuestra comunidad y para los pueblos de los Valles Centrales.
Durante la Asamblea General convocada legalmente en la comunidad de Santa Ana Zegache, las y los ciudadanos, mediante un proceso de deliberación libre, democrático y comunitario, acordamos de manera expresa no aprobar ni otorgar consentimiento para la ejecución de dicho proyecto dentro del territorio de nuestra comunidad. Este acuerdo representa la voluntad soberana de la Asamblea General y deberá ser respetado por todas las autoridades e instituciones públicas.
Recordamos que el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación, a decidir sus formas internas de organización y a ser consultados previamente respecto de cualquier medida administrativa o proyecto susceptible de afectar directamente su territorio.
(Continuar leyendo…)




