presos políticos
Alberto Patisthán loses his eyesight because of inaction by the Mexican state
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas
20 septiembre 2012
Boletín No. 20
Pierde la vista Alberto Patishtán por la ineficiente actuación del Estado Mexicano
Este Centro de Derechos Humanos manifiesta su indignación por la ineficiente actuación del Estado mexicano en la atención médica al preso político Alberto Patishtán Gómez (en adelante Patishtán), que desde hace varios años venía denunciando su situación de salud, la falta de interés del Estado mexicano para atenderlo provocó que Patishtán pierda la vista de manera gradual.
El día 10 de septiembre 2012, el médico oftalmólogo de confianza de Patishtán, informó sobre el resultado de los nuevos estudios de campos visuales y valoró la pérdida progresiva de la agudeza visual de Patishtán, concluyendo que su situación es de grave discapacidad visual ya que ha perdido el noventa por ciento de la vista.
El 19 de septiembre 2012, el médico de confianza informó que el padecimiento de Patishtán no es de origen oftalmológico, sino es un problema que tiene que ser atendido de forma urgente por un neurocirujano.
Es importante hacer mención que debido al avance del grave deterioro visual de Patishtán, ya no puede realizar sus actividades cotidianas en la prisión como leer, escribir, caminar con seguridad, entre otras. Como su testimonio lo indica:
“Desde el día 6 de septiembre de este año, no sólo he sentido que se me cierra la visión por los lados, siento como si se estuvieran fundiendo las luces.” “En el desarrollo de mis actividades como ministro de la Eucaristía, la semana anterior, ya no pude leer la biblia y tampoco pude ver el teclado con el cual acompaño los cantos de las celebraciones, por lo mismo, ya tampoco puedo escribir”.
Cabe recordar que el Estado mexicano en el 2010, le diagnosticó erróneamente glaucoma y que en ese mismo año estuvo internado en el Hospital Vida Mejor en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, durante los seis meses que estuvo hospitalizado, no fue atendido de manera profesional ni eficaz para determinar el diagnóstico y el tratamiento adecuado.1
Así también, el 12 de mayo del 2011, el Estado Mexicano sabía que a través de un estudio de campos visuales que “el patrón de pérdida campimétrica orientaba más hacia una atrofia óptica descendente que al diagnóstico de Glaucoma”; Patishtán recuerda que se le realizó una tomografía y que en ningún momento se hicieron llegar los resultados de dicho estudio al médico que lo atendía, evitando con ello, lograr un diagnóstico acertado, y en consecuencia un tratamiento médico adecuado.
Posteriormente con motivo de su traslado forzado y arbitrario a un CEFERESO2 en Guasave, Sinaloa, no le dieron seguimiento a la atención médica iniciada. Ante las denuncias de desatención por parte de Patishtán, se le realizaron estudios en Guasave y se le diagnosticó neuropatía óptica isquémica, ese resultado resultó ser también erróneo.
El Estado, ha obstruido en todo momento otorgar a Patishtán, atención médica pertinente, adecuada y eficaz. Por lo que este Centro de Derechos Humanos, exige al Estado Mexicano, que cumpla con la medidas cautelares (MC 77-12) otorgadas este año por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)3 y que adopte sin dilación las medidas necesarias para garantizar, la salud e integridad personal de Alberto Patishtán.
En el caso de Patishtan, el Estado mexicano, ha incumplido con su responsabilidad internacional de garantizar los derechos de las personas que se encuentran bajo su custodia, así como la de no proveer la atención médica adecuada a las personas privadas de su libertad, como lo marcan los instrumentos internacionales en la materia y de manera específica la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas.
Este Centro de Derechos Humanos considera que solamente la libertad puede detener la sistemática violación a los derechos humanos a Alberto Patishtán por parte del Estado mexicano.
*-*
1 Doce años de injusto encarcelamiento de Alberto Patishtan Gómez, Colectivo Ik disponible en: http://es.scribd.com/doc/85087211/Palabra-Colectivo-Ik-Confer-en-confe-Prensa-sobre-caso-Alberto-Patishtan
2 Trasladan a CEFERESO de Sinaloa a Alberto Patishtán, vocero de La Voz del Amate disponible en: http://www.frayba.org.mx/acciones_urgentes.php
3 CIDH MC 77/12 – Alberto Patishtán Gómez, México disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/cautelares.asp
Cuarto Informe ¡A TUMBAR LAS PAREDES DEL CALABOZO!
Cuarto Informe ¡A TUMBAR LAS PAREDES DEL CALABOZO!
Campaña Mundial por la Libertad de Patishtán y Sántiz López
Cuarta Etapa: “A 9 meses: 9 días de Acción Global para
Tumbar Las Paredes del Calabozo”
27 de agosto – 4 de septiembre
Compañeras y compañeros:
Desde nuestro Barrio de migrantes, l@s saludamos con mucho cariño de parte de Movimiento por Justicia del Barrio. Por la presente nos dirigimos a ustedes con este informe muy importante.
En la Cuarta Etapa de la Campaña Mundial por la Libertad de Patishtán y Sántiz López “¡A Tumbar Las Paredes del Calabozo!”, actualmente está en difusión una carta nueva en apoyo a la nueva estrategia jurídica en el caso del Profe Patishtán. Dirigida al Presidente de la Suprema Corte de Justicia y al Presidente de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, esta carta busca mobilizar el apoyo y respaldo, tanto nacional como mundialmente, para esta nueva estrategia, la cual aportará a la lucha por su liberación.
Nosotr@s invitamos a tod@s a que apoyen esta carta y por tanto la dicha estrategia firmandola y difundiéndola ampliamente. De esta forma, tod@s junt@s y unid@s, podemos seguir haciendo grietas en las paredes que encierran a nuestros dos presos.
Aquí está el enlace a la carta donde pueden firmar la carta y abajo el texto completo:
http://www.redtdt.org.mx/d_acciones/d_visual.php?id_accion=224
Muchas gracias, compas.
Movimiento por Justicia del Barrio
La Otra Campaña Nueva York:
12 años de injusticias, ¡Liberen a Alberto Patishtán!
C. MINISTRO JUAN N. SILVA MEZA, PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
C. MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, PRESIDENTE DE LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
PRESENTES
Las organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales, sociales y personas que suscribimos la presente petición; señalando como domicilio para recibir notificaciones los despachos 509 y 510 del edificio México, ubicado en Palma Norte 308, esquina Tacuba, Colonia Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06010, México, Distrito Federal; por este conducto nos dirigimos a ustedes para expresarles:
Que con motivo de la sentencia de sesenta años de prisión impuesta al profesor indígena ALBERTO PATISHTÁN GÓMEZ, por los delitos de Homicidio y Lesiones calificados; Robo calificado; Daños y; Portación de Arma de Fuego de Uso Exclusivo del Ejercito, Armada o Fuerza Aérea, derivada de los hechos suscitados el 12 de junio de 2000, en el tramo Laguna – El Bosque, que une los municipios de Simojovel y el Bosque, en el Estado de Chiapas, solicitamos al Máximo Tribunal que ustedes representan, que ante la interposición del Incidente de Reconocimiento de Inocencia presentado por la defensa legal del sentenciado, La H. Primera Sala reasuma la competencia originaria que le confiere el artículo 561 del Código Federal de Procedimientos Penales para conocer de ese Incidente.
No obviamos que mediante el Acuerdo General número 05/2001, de veintiuno de junio de dos mil uno, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la determinación de los asuntos que conservara para su resolución y el envío de los de su competencia originaria a las Salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito, el Máximo Tribunal ordenó que en los casos de Reconocimientos de Inocencia correspondería resolverlos a los Tribunales Colegiados de Circuito; sin embargo, los suscritos consideramos que por el interés que ha irradiado este asunto a nivel nacional como internacional se pueden fijar criterios trascendentes e innovadores en esos casos a partir de las interpretaciones recientes sobre el alcance y protección de los derechos humanos plasmados en la Carta Magna y en los Tratados Internacionales ratificados por el Estado mexicano, que ha venido desarrollando el Poder Judicial de la Federación a la luz del paradigma de la reforma constitucional en materia de derechos humanos.
ATENTAMENTE
Importante:
Al envíar esta información, Autorizo a -Red TDT- comunicar en mi nombre estas solicitudes. Esta información no será distribuida a terceras partes.