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Persecución ideológica se endurece en el Perú con caso Perseo
Fuente: Avispa Midia
Por Javier Bedía Prado
La sentencia a penas de entre 15 y 35 años de cárcel, por apología al terrorismo y afiliación a organización terrorista, contra 43 integrantes del Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), intervenidos en el operativo Perseo, marca un precedente de persecución por ideas en el Perú.
El caso, abierto en 2014, fue el primero en involucrar bajo estas acusaciones a un conjunto de activistas, entre ellos exmilitantes de Sendero Luminoso, desde el fin de la guerra interna (1980-2000).
En la resolución judicial, dictada el 28 de octubre, se sindica al Movadef de actuar por órdenes de Sendero Luminoso, cuyos remanentes operan como narcotraficantes en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem), zona de emergencia. El Sendero Luminoso no existe como organización política desde 1992. Los remanentes no obedecieron la disolución de la organización y se dedican al narcotráfico, desideologizados.
Asimismo, se señala a Movadef de haber sido financiados, según “testigos protegidos”, con dinero proveniente del tráfico de drogas para “mantener la ideología senderista activa en la vida política del país y la legitimación de su legado violento”.
El Poder Judicial ordenó la disolución del Movadef, que intentó inscribirse como partido político en 2011. El programa de la organización, cuyos miembros incluyen exintegrantes de Sendero Luminoso que cumplieron condenas y no plantean la lucha armada, es la liberación de todos los presos políticos encarcelados durante el período de la guerra interna.

Condena ideológica
Las defensas legales de los sentenciados subrayan que el Estado incurre en discriminación ideológica por razones políticas, contra la cual hay sentencias internacionales vinculantes, violando derechos protegidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El caso será llevado a instancias supranacionales.
La redada masiva ejecutada por la Dirección Contra el Terrrorismo (Dircote), en abril de 2014, apuntó a sostener la existencia de organizaciones terroristas, pese a que el Movadef no reivindica la lucha armada y no ha participado de ningún acto de violencia, con el fin de sentar precedentes de apología al terrorismo contra organizaciones sociales que sostienen ideas disonantes para los poderes políticos.
Los montajes de la Dircote se sucedieron en el año 2020, con el operativo Olimpo, en el que se detuvo a unas 90 personas, tras la semana de protestas contra el golpe de Estado institucional de las facciones conservadoras del Congreso.
En 2023, activistas del Frente de Defensa de Ayacucho fueron encarcelados como respuesta al levantamiento en esta y otras regiones andinas ante el golpe de Estado de la ultraderecha culminado con la destitución del presidente Pedro Castillo.
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El fin del juicio contra el Movadef coincidió con las recientes semanas de protestas contra el régimen de Dina Boluarte por la ola de extorsiones en Lima. El Ejecutivo respondió a la crisis de seguridad con la propuesta de una ley de terrorismo urbano que agrava la criminalización de manifestaciones sociales, al tipificar la interrupción de vías como extorsión, y con el anuncio de la detención de un cabecilla de Sendero Luminoso que resultó en un error.
A dos años de la toma de la presidencia, la dictadura de Boluarte lleva a una nueva fase el terruqueo, la estigmatización por ideología usada como discurso por la alianza política, oligárquica y armada que allanó la caída de Castillo.
Sendero Luminoso fue una de las organizaciones terroristas que declararon la lucha armada al Estado en 1980, con el objetivo de capturar el poder para instalar un gobierno de ideario marxista-leninista-maoísta. Perpetraron masacres contra poblaciones campesinas e indígenas. La actividad subversiva senderista culminó en 1992, con la captura de su líder, Abimael Guzmán.
La Corte IDH condena al Estado mexicano por la desaparición forzada de Antonio González Méndez Base de Apoyo del EZLN
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
12 de diciembre 2024
Boletín No. 26
La Corte IDH condena al Estado mexicano por la desaparición forzada de Antonio González Méndez Base de Apoyo del EZLN
- Sentencia histórica de la Corte IDH, declara al Estado mexicano responsable de la desaparición forzada de Antonio González Méndez.
- ¡Verdad, justicia y memoria para Antonio González Méndez y todas las víctimas del terrorismo de Estado!.
En una sentencia histórica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró al Estado mexicano responsable por la desaparición forzada de Antonio González Méndez (en adelante Antonio González), y por la política de contrainsurgencia que derivó en violaciones graves a los derechos humanos, así como la acción deliberada de no investigar la desaparición ocurrida el 18 de enero de 1999. Esta grave violación a los derechos humanos se enmarca en el contexto del Conflicto Armado Interno aún irresuelto, en el que el Estado mexicano implementó el Plan de Campaña Chiapas 94, una política de contrainsurgencia dirigida a desarticular al Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) y a la población civil simpatizante.
El Gobierno mexicano organizó, entrenó, financió, armó y asistió a grupos paramilitares como parte de este plan sistemático en contra de personas militantes, adherentes o simpatizantes al EZLN, en su mayoría hombres y mujeres campesinas de pueblos mayas. En el marco de esta estrategia, el Ejército mexicano y sus grupos paramilitares cometieron graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad: ejecuciones extrajudiciales, masacres, desapariciones forzadas, desplazamientos forzados, tortura, muchas de carácter sexual contra mujeres.
Uno de los grupos paramilitares más notorios de la época que operó en el Norte del estado de Chiapas fue el grupo “Desarrollo Paz y Justicia”, cuyos integrantes participaron en la desaparición forzada de Antonio González Méndez el 18 de enero de 1999 en la comunidad El Calvario, del municipio de Sabanilla.
Antonio González Méndez, militante de las Bases de Apoyo del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (BAEZLN) y responsable de la tienda cooperativa “Arroyo Frío”, se convirtió en un objetivo del Ejército mexicano y sus grupos paramilitares debido a su activismo y liderazgo en la comunidad.
La sentencia marca un momento crucial en el largo camino de casi 26 años recorrido por la familia de Antonio en la búsqueda por la justicia, verdad y reparación integral. En ella, la Corte IDH ordena al Estado mexicano emprender una búsqueda efectiva y localizar inmediatamente a Antonio González. Además, obliga a que adopte medidas de reparación integral para su familia. Asimismo, deberá emprender investigaciones para identificar a los perpetradores de la desaparición forzada.
Es un día histórico, sin precedentes en México, resultado de la determinación y valentía de la familia de Antonio, en particular de su pareja e hijas: Zonia, Elma y Magdalena. Frente a este crimen de Estado, ellas emprendieron una incansable lucha por la verdad y la justicia, al igual que muchas otras mujeres que hoy en día enfrentan el pesar de la desaparición forzada. Su persistencia, junto con el acompañamiento de este Centro de Derechos Humanos, logró llevar su exigencia de justicia hasta las altas instancias internacionales.
Si bien la sentencia de hoy es un avance significativo, no constituye el punto final del proceso de justicia iniciado por la familia de Antonio. Es imprescindible que el Estado mexicano, y en particular sus fuerzas armadas, cumplan a cabalidad la sentencia de la Corte IDH, comenzando por esclarecer la suerte y el paradero de Antonio, para que realmente se empiece con una acción de justicia completa y abra puertas a una justicia transicional en el contexto de contrainsurgencia en Chiapas.
Detrás del caso de Antonio González Méndez, están miles de víctimas del conflicto armado interno no resuelto en Chiapas, quienes aún esperan justicia por las graves violaciones a sus derechos humanos cometidas por el Estado mexicano. No podemos olvidar a las víctimas y sobrevivientes de la Masacre de Acteal, ocurrida el 22 de diciembre de 1997, ni a las demás víctimas del grupo paramilitar Desarrollo, Paz y Justicia en la Zona Norte de Chiapas, quienes sufrieron y sobrevivieron a la brutalidad de la estrategia de contrainsurgencia implementada por el Estado mexicano.
Aunque el Estado mexicano ha reconocido su responsabilidad en otros hechos, esto no ha contado con el respaldo pleno y público de los titulares de los poderes del Estado mexicano. Esta sentencia obliga al Estado mexicano a reconocer públicamente su responsabilidad y emprender investigaciones exhaustivas para esclarecer estas violaciones graves a los derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno que se presentaron desde los años 90 en Chiapas.
La decisión de hoy abre una grieta en el muro de complicidad e impunidad construido por perpetradores, actores políticos, militares y paramilitares, quienes, gobierno tras gobierno, han sostenido pactos para encubrir sus crímenes de Estado. La lucha de Antonio, junto con la valentía de Zonia, Elma y Magdalena es una luz y una esperanza para todas las víctimas y sobrevivientes de esa barbarie, inspirando la búsqueda por la verdad y memoria, haciendo énfasis en acciones de justicia que lleven a una reparación integral y en consecuencia a una justicia completa, cabal, al Lekil Chapanel.
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