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Respeto a la libre determinación recomendación de pueblos indígenas de Chiapas ante la ONU durante visita de Victoria Tauli-Corpuz Relatora Especial

Ejido Candelaria, municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas;
15 de noviembre de 2017
Boletín conjunto

  • Grave situación de violación sistemática de derechos humanos a pueblos indígenas
  • Especial preocupación por aumento de riesgo a personas indígenas defensoras del territorio
  • Migración como consecuencia de la exclusión; militarización de los pueblos en colusión con el narcotráfico.

Los pueblos, comunidades y organizaciones que nos reunimos con la Sra Victoria Tauli-Corpuz, en el ejido Candelaria, municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, el día 14 de noviembre de 2017, entregamos a la Relatora Especial de la Organización de Las Naciones Unidas el Informe sobre la situación de los derechos de los Pueblos Indígenas de Chiapas, con el objetivo de ampliar la información relativa a a la realidad específica en nuestra entidad.

En el Informe y las mesas de trabajo visibilizamos ante la Organización de Las Naciones Unidas historias de sistemáticas violaciones a derechos humanos, que acentúan la responsabilidad del Estado mexicano, algunos de los ejes y casos son: Autonomía, autodeterminación y territorio; Impunidad en crímenes de lesa humanidad y falta de justicia a pueblos indígenas; Incremento de la violencia e inseguridad asociadas a delincuencia organizada; y Mujeres e infancia indígenas población más vulnerables a violaciones de derechos humanos.

Expusimos ante la Sra Victoria Tauli-Corpuz, el preocupante aumento de riesgo a defensoras y defensores de derechos humanos integrantes de pueblos indígenas:

Se sigue experimentando criminalización, intimidación y represión contra Pueblos Indígenas, defensores de derechos humanos, activistas, periodistas y miembros de la sociedad civil en general por agentes estatales en forma de militarización, paramilitarización ó grupos armados que actúan con aquiescencia del estado. Además, los intereses privados en megaproyectos de exploración y infraestructura por medio de concesiones a grandes corporaciones en la región amenazan el territorio de los Pueblos Indígenas, sus procesos de autonomía y libre determinación y la vida misma al poner en riesgo la contaminación del agua y la Madre Tierra. Estos elementos resultan en terreno fértil para casos de desapariciones forzadas, desplazamientos, asesinatos y represión. Vemos con preocupación un aumento de riesgo en las defensoras y defensores del territorio, esencialmente hacia los defensores indígenas y campesinos.

Las recomendaciones que los pueblos, comunidades y organizaciones en Chiapas presentamos a la Sra Victoria Tauli-Corpuz, Relatora Especial para los pueblos indígenas de la Organización de Las Naciones Unidas son:

1. Reivindicar la exigencia de que se reforme nuevamente el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos retomando y actualizando los conceptos vertidos en la iniciativa de la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA)1 y en los Acuerdos de San Andrés acordados y firmados desde 1996.

2. DERECHO A VETO, COMO MUESTRA DEL INALIENABLE DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN. Poner en el centro de cualquier discusión sobre derechos de los Pueblos Indígenas el inalienable derecho a decir NO sin cortapisas, sin candados. La reposición del No para los Pueblos Indígenas frente a proyecto, plan, política de estado o empresas que afectan sus territorios y bienes naturales es condición indispensable para el ejercicio de la libre determinación, de la restitución de los territorios y del ser originario (Tseltal, Tsotsil, Ch’ol, Tojolabal, Zoque, Mame, K’anjobal, Chuj).

3. De acuerdo a la reformas constitucionales de 2011, exigir al Estado mexicano, respetar los tratados internacionales, específicamente el Convenio 169 y la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas para su cumplimiento. En este sentido, las reformas energéticas aprobadas por el gobierno de Enrique Peña Nieto, contemplan claras violaciones a los derechos de los pueblos indígenas, al decretar como actividad preferente la explotación y extracción de hidrocarburos, minas, proyectos de fraking o geotermia, por encima del derecho a la vida y derecho a la propiedad de las personas y pueblos originarios que ancestralmente habitan estos territorios.

4. Pronunciarse a favor de las personas, pueblos y comunidades originarias poniendo la supremacía del interés social y orden público, el derecho a la vida, tradiciones y cultura de los Pueblos Indígenas en el país, por sobre la actividad extractiva.

5. Pronunciarse por el derecho a la tierra, territorio de los pueblos, el derecho al agua y a la alimentación, a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas. Desconocer y por tanto revocar todo decreto sobre área natural protegida, parque nacional, reservas de la biósfera, área comunitaria de conservación realizada sobre la base del despojo de territorios y de soberanía en la decisión sobre sus usos y destinos, de pueblos y comunidades indígenas.

6. Desconocer y por tanto revocar toda concesión minera, de parque eólico, de explotación de mantos freáticos y de yacimiento petroleros otorgados por gobiernos federales o estatales sobre territorio indígenas.

7. Desconocer y por tanto, revocar todo permiso o autorización de cambio de usos del suelo y de evaluaciones de impacto ambiental, a favor de empresas fraccionadoras, urbanizadoras, explotadoras de yacimientos de grava y materiales pétreos, empresas ecoturísticas sobre territorios indígenas.

8. Si los Pueblos Indígenas muestran con su historia que han sido resguardo milenario de bosques, océanos, genes, acervo de conocimiento y tecnología fundamentales a la salud, la alimentación y a los ciclos vitales de todo el mundo, en específico en Chiapas, tienen que ser las mujeres y los hombres de los pueblos y las comunidades indígenas quiénes decidan, definan, organicen el futuro de estos territorios de importancia estratégica fundamental para toda la humanidad y la estabilidad climática.

9. Es necesario redefinir los términos de la discusión sobre Derechos de los Pueblos Indígenas en función del Sujeto histórico, los indígenas desde sus modos y formas de normarse y representarse jurídica y políticamente.

10. Que se suspenda toda consulta elaborada, definida y organizada por los estados o las corporaciones a cargo de los proyectos. La libre determinación de los pueblos conferida en forma y modo a sus sistemas normativos y formas de representación es quien decidirá sobre todo lo relacionado con los bienes naturales, los conocimientos y las tecnologías asociadas al territorio.

11. Solicitamos se pronuncie a favor de acciones efectivas por el derecho a las mujeres indígenas, a una vida libre de violencia, por el derecho de las familias, a la igualdad, no discriminación, por el derecho de acceso a la justicia, el derecho a la información y al derecho a un medio ambiente sano.

12. Reafirmamos las recomendaciones hechas en 20032 por el relator de Pueblos de Indígenas Rodolfo Stavenhagen por ser vigentes.

Pedimos acciones claras ante el Estado mexicano para el cumplimiento de su deber de respeto y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas.

Los pueblos, comunidades y organizaciones que nos reunimos con la Sra Victoria Tauli-Corpuz, en el ejido Candelaria, municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, el día 14 de noviembre de 2017.