Mexico
Dinámicas del Desplazamiento Forzado Interno en Chiapas e impactos diferenciados
Informe para CECILIA JIMÉNEZ-DAMARY, relatora especial de la Organización de las Nacionales Unidas sobre Derechos Humanos de los Desplazados Forzados Internos.
Resumen Ejecutivo
En Chiapas, el problema del desplazamiento forzado ha tenido varias causas desde los sesentas hasta la actualidad, por diversos motivos entre ellos los conflictos religiosos, proyectos de desarrollo, y desastres natures, así como por violencia generalizada y sociopolítica de carácter contrainsurgente que dejó alredodor de 12 mil personas desplazadas en los noventa tras el levantamiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN).
En la actualidad, el fenómeno puede tener como raíz añejos conflictos agrarios que iniciaron en los años setenta entre diferentes municipios y/o bienes comunales de la región de Los Altos, donde operan grupos armados con características similares de acción.
Desde el año 2010 a la fecha se ha documentado el desplazamiento de 14,476 personas en el estado de Chiapas. Más recientemente, la presencia del crimen organizado ha aumentado de manera exponencial y con ello, un creciente tráfico de armas, robo de autos, tráfico y trata de personas, siembra y trasiego de drogas, control territorial mediante la imposición del terror en las comunidades que ha provocado también que cientos de personas huyan de sus hogares.
Mujeres
Durante el desplazamiento forzado, las mujeres están expuestas al acoso, a la violación y a la tortura sexual, como formas de violencia directa por parte diversos actores, quienes las despojan, persiguen, criminalizan y encarcelan, fabricándoles delitos, revictimizándolas y poniendo en el desamparo a sus hijos e hijas para castigarlas. Se enfrentan también al Estado Misógino que las ignora, las discrimina y las priva de los derechos de protección, asistencia humanitaria y reparación integral del daño.
La indiferencia, el desprecio, el racismo y sexismo se extiende a fiscales, jueces, funcionarios y funcionarios del estado, quienes con sus políticas públicas patriarcales profundizan la marginalidad, la dependencia y la subordinación de las mujeres, más vulnerables.
Niños, niñas y adolescentes
No existen datos oficiales respecto al desplazamiento para este sector. Se calcula que 3 de cada 10 de las personas en condición de desplazamiento son niñas, niños y adolescentes, entre 4400 y 5500 de población total.
Los impactos psicosociales del fenómeno en sus vidas son profundos al ser expuestos a situaciones de violencia extrema. Hay quienes no cuentan con documentos de identidad, lo que obstaculiza el acceso y exigibilidad de sus derechos, particularmente a la salud y educación en los nuevos lugares de residencia, y dificulta también todos los procedimientos para su reconocimiento como desplazados.
Situación en la frontera México-Guatemala
La creciente presencia del Crimen Organizado ha llevado a una agudización de los conflictos territoriales en regiones de frontera generando nuevos procesos de desplazamiento forzado en medio de disputas por el territorio del Crimen Organizado (CO).
No existen datos concretos de personas desplazados en el territorio fronterizo de Chiapas, sin embargo varios ejidos y comunidades han quedado atrapados en la disputa que mantiene el CO, que ante el riesgo a su vida y seguridad se han visto obligados a desplazarse de su tierra y su territorio. Hay que sumarle las personas quienes por años han radicado en esta región, al menos en dos generaciones, quienes nunca realizaron trámites para legalizar su estadía, de estas familias jamás se encontraran registros, pues su permanencia en territorio mexicano ha sido al margen de las leyes.
Ley de desplazamiento en Chiapas
En Chiapas en el año 2012 se promulgó la Ley de Prevención del Desplazamiento Forzado y Sobre los Derechos de la Población Desplazada, la cual ha tenido serios obstáculos para ser implementada de manera adecuada. En primer lugar, mandata la conformación de un Consejo Estatal de Atención Integral al Desplazamiento Forzado Interno, en medio de la ausencia de un reglamento que desarrolle los mecanismos ordenados por la Ley, así como un procedimiento claro para el reconocimiento del estatus de víctima del fenómeno, en medio de una ausencia de un fondo específico para su atención, además de carecer de un complemento de tipo penal que castigue a quien comete este crimen de lesa humanidad.
En los hechos se observa que el Estado no ha efectuado acciones para diagnosticar las causas de este fenómeno, y menos aún para erradicarlo. Por el contrario, las acciones y discursos oficiales parecen negar que exista un patrón grave de desplazamiento forzado en Chiapas y tratan el fenómeno como asuntos aislados.
Situación de las personas defensoras de derechos humanos de las personas y comunidades víctimas de desplazamiento forzado
Las personas defensoras de derechos humanos asumen tareas de defensa y acompañamiento en torno al desplazamiento forzado que pone en riesgo su vida e integridad personal. En el trabajo de documentación al interior de los lugares de refugio para desplazados se exponen también a la falta de garantías de seguridad y protección que debería procurarles el Estado.
Cuando se trata de casos de desplazamiento ocasionado por violencia relacionada a enfrentamientos armados o Crimen Organizado, no cuentan con las condiciones para ingresar a los territorios afectados. Personas defensoras han sido agredidas al acompañar a víctimas de desplazamiento forzado.
Las organizaciones firmantes sugieren a la relatora las siguientes recomendaciones y exigencias al Estado mexicano:
- Se respeten los derechos colectivos de los pueblos indígenas, en particular lo referente al derecho al territorio y a la autonomía.
- Implementar un mecanismo que garantice el respeto de principios rectores para los desplazamientos forzados, con medidas de sanción en caso de incumplimientos.
- Cumplir con la Ley de Desplazamiento Forzado para el estado de Chiapas.
- Consolidar el programa estatal, con perspectiva de género y niñez, para atender y prevenir el desplazamiento forzado en Chiapas.
- Impulsar el funcionamiento y fortalecimiento de las Procuradurías de Protección estatal y municipal con perspectiva interseccional y de género, así como la capacitación de su personal y sensibilización en el caso de desplazamiento interno.
- Que la Comisión Estatal de Atención a Víctimas para el estado de Chiapas genere un registro de víctimas del desplazamiento forzado interno con enfoque diferenciado.
- Investigación y desarme de grupos armados, se consigne a los responsables de los heridos, asesinatos y desplazamientos forzados.
- Se garantice la integridad física y la protección de las personas defensoras que acompañan a víctimas del fenómeno.
- Rendición de cuentas por parte de las fiscalías ante avances de acuerdo a la normativa vigente.
(Español) Senado aprueba militarización de México
Fuente: Avispa Midia
Después de 12 horas de sesión, entre reparticiones de culpas y reclamos, la madrugada de este viernes (9) el Senado mexicano aprobó la transferencia de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Con el visto bueno del partido Movimiento de Regeneración Nacional Morena (Morena), el Partido Verde Ecologista de México y el Partido del Trabajo, sin modificar una sola coma del proyecto enviado por Andrés Manuel López Obrador (AMLO), el ejército mexicano asumirá las funciones administrativas, financieras y operativas del cuerpo de seguridad militar desplegado en México desde 2019.
“Se dotó a las Fuerzas Armadas del marco jurídico que pidieron por varios sexenios”, argumenta el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), organización que ha alertado acerca de los riesgos de la profundización de la militarización en las labores de seguridad pública en México.
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De acuerdo al Centro Prodh, la iniciativa profundiza la militarización de México pues también otorga el control a las Fuerzas Militares en aspectos sustantivos de la GN, además amplía la intervención del cuerpo de seguridad militar en tareas de investigación, labores de inteligencia y prosecución de delitos.
La organización de derechos humanos ha remarcado que la creciente participación de las Fuerzas Armadas en áreas de la vida pública, ajenas a su sector, implica riesgos de mayor corrupción y de politización del sector castrense.
Mientras tanto, un bloque de legisladores integrado por partidos de la oposición anunció que presentarán una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra dicha reforma.
Militares con mayores atribuciones
Por mucho ésta no ha sido la única organización crítica de la medida. La Red Feminista Antimilitarista, que aglutina organizaciones internacionales y mexicanas, alerta que la iniciativa para reformar la Ley de la Guardia Nacional incluye la permanencia al personal castrense para seguir protegido por el fuero militar, a pesar de que constitucionalmente la GN sigue siendo de carácter civil.
Sobre este punto, el Centro Prodh, que ha dado seguimiento a denuncias de violaciones de derechos humanos por elementos de la GN, señala que “los casos que se presentan, dadas las inercias en el uso de la fuerza, no son investigados exhaustiva y prontamente por instancias civiles externas. La Fiscalía General de la República (FGR) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) son complacientes cuando deben investigar abusos de las Fuerzas Armadas y la Guardia Nacional”.
A pesar de que, en 2019, el acuerdo entre las diferentes fuerzas políticas para proceder con la creación de la Guardia Nacional fue que dicho organismo respondería a mandos civiles adscritos a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), con la aprobación del decreto se militariza completamente la cadena de mando de la GN al quedar suscrito a la Sedena, lo cual viola el carácter civil que se le reconoce a dicha corporación de seguridad en el artículo 21 constitucional.
La Red Feminista Antimilitarista también señala que la reforma que dio creación a la GN establecía el uso, extraordinario y con condiciones y límites, de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública hasta 2024, lo cual va en sentido contrario a la iniciativa impulsada por el presidente AMLO y los legisladores de su partido, Morena, quienes buscan concretar las labores del ejército en seguridad pública de manera permanente.
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Por otra parte, 29 integrantes de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH) se posicionaron para rechazar la aprobación en el Congreso de reformas a leyes secundarias que “consolidan permanentemente a la Guardia Nacional bajo control militar en funciones de seguridad pública”.
Las comisiones estatales advirtieron que la incorporación de la GN a la Sedena reducirá el margen de acción de los organismos públicos de protección de derechos humanos pues “se generará un vacío en la atención de las víctimas”, toda vez que la atención de las quejas por violaciones a derechos humanos cometidas por elementos de la Guardia Nacional no es competencia de los organismos locales sino de la CNDH, organismo que no se ha pronunciado sobre la incorporación de la GN a las Fuerzas Armadas.
Aplanadora
La aprobación del proyecto de decreto promovido por AMLO recorrió rápidamente los trámites en las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos del Senado, las cuales procedieron a enviar la iniciativa a votación en la cámara alta del Congreso.
Pese al llamado de distintas voces civiles, organizaciones y otras fuerzas políticas para convocar espacios de discusión para examinar a detalle la iniciativa, la mayoría de votos de Morena y sus aliados aceleró el trámite del decreto enviado por AMLO apenas el 2 de septiembre pasado.
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Entre los principales argumentos de los senadores a favor del decreto se enunciaron los resultados de la Encuesta Nacional de Victimización del Inegi, la cual afirma que la Marina, el Ejército y la Guardia Nacional mantienen un nivel de confianza entre la población mexicana. De la misma manera, el proyecto de decreto argumenta que la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana califica de “efectivo” el desempeño de la GN en 2022.
Para el Centro Prodh, la ausencia de visión estratégica – donde se privilegia la ocupación territorial en lógica castrense sobre la inteligencia y el fortalecimiento complementario de otros cuerpos policiales – permite la continuidad de la violencia, pese a la incorporación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública.
“El despliegue de fuerzas armadas es una medida de contención de presencia en territorio que no suple el otro gran componente que no estamos teniendo en este sexenio que es el de la acción decidida de la justicia, para desarticular redes criminales, con herramientas criminológicas del siglo XXI”, señaló Santiago Aguirre, director del Centro Prodh para entrevista con medios nacionales.
Más presupuesto
Según el Centro Prodh, con esta acción se dota de más recursos presupuestales a Sedena, quien no cuenta con controles externos civiles robustos para fiscalizar las denuncias por violaciones a los derechos humanos que involucran a elementos de la GN.
La Red Feminista Antimilitarista también alerta sobre la eliminación del control civil sobre el presupuesto de la Guardia Nacional, lo que le permitiría a la Sedena el uso discrecional de dichos recursos.
“El decreto otorga un poder sin precedentes a la Sedena. Le otorga recursos materiales, económicos y humanos que continuarán fortaleciendo a una secretaría que actualmente es la segunda institución con más plazas dentro de la administración pública federal, sólo después del Instituto Mexicano del Seguro Social”, advierte la Red.
Con la incorporación de la GN a la Sedena, el Centro de Investigación Económica Presupuestaria (CIEP) prevé que las Fuerzas Armadas contarán con un aumento de más de 60% de presupuesto para el año 2023, con más 160 millones de pesos, lo que equivale a los recursos destinados al valor total de 12 secretarías entre las que se encuentran la de medio ambiente, energía, hacienda, economía, entre otras. Con la aprobación del decreto se reforman cuatro leyes: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley de la Guardia Nacional, Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, así como la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública.