Latinoamérica
Carta abierta a despojo de comunidades campesinas del Perú
Fuente Avispa Midia
Por Javier Bedía Prado
Fotos por Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú
La Ley de Deslinde y Titulación de Comunidades Campesinas fue modificada en abril, mediante la norma 32293, para permitir que se legalicen las posesiones informales de tierras comunales ocupadas entre 2004 y 2015 con fines de vivienda, cuando no estén reconocidas como territorios indígenas u originarios, o en procesos legales de reivindicación.
El riesgo se encuentra en la historia de invisibilización y criminalización contra las poblaciones campesinas; en décadas de desprotección y usurpación de sus territorios. Así, la Base de Datos de Pueblos Indígenas u Originarios del Ministerio de Cultura solo incluye a un número mínimo del total de 7,267 comunidades registradas por el Sistema de Información sobre Comunidades Campesinas del Perú (SICCAM).
Hasta el 2016, treinta años después de la aprobación de la ley, que declara de necesidad nacional e interés social la formalización de las comunidades campesinas, aún estaba pendiente regularizar la propiedad de 2,130 comunidades.
En muchos casos, para disponer de terrenos irregularmente, se han manipulado registros de comuneros e instalado en las directivas personas ajenas a la comunidad. También se han creado comunidades de fachada, con fines de lucro. La pérdida de áreas comunales es un grave problema para las sociedades agrícolas.
En la práctica, lo que formaliza el Parlamento es el despojo de territorios comunitarios. Las comunidades campesinas tienen una legislación especial, con el objetivo de garantizar la tenencia de sus tierras. La posesión, decidida por asamblea, es posible solo para los comuneros calificados.
Según la Ley General de Comunidades Campesinas, estas son reconocidas por el Estado como instituciones democráticas autónomas en su organización, uso de la tierra, economía y administración.
Maquinaria de despojo
Las irregularidades de la normativa son múltiples. En primer término, desconoce el derecho de las comunidades a decidir sobre sus territorios. La modificatoria es contraria al artículo 89 de la Constitución peruana, garante de la imprescriptibilidad sobre territorios ancestrales.
Asimismo, de acuerdo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Estado no debe permitir que terceros los ocupen sin culminar la titulación. Y toda medida que afecte derechos de pueblos originarios debe ser sometida a consulta previa. Por la falta de este procedimiento, en 2022 el Ejecutivo del destituido presidente Pedro Castillo observó la propuesta.
Aunque carezcan de título por omisión de las autoridades, el derecho de pueblos ancestrales a la propiedad de territorios antes de la existencia del Estado es protegido por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) considera que la nueva ley “da carta abierta a la expropiación de los territorios de las comunidades campesinasy permite su fragmentación”. Advierte, además, que abre la posibilidad de la expropiación de los territorios ancestrales de las comunidades nativas en la Amazonía.
“Señalamos que esta no es una medida aislada, sino que es parte de la maquinaria de despojo y violencia generalizada que es promovida por el Congreso, el Ejecutivo y todo el sistema contra los pueblos indígenas andinos y amazónicos”, recalca la organización.
Concesiones, tráfico de tierras y elecciones
De acuerdo al censo agropecuario de 2012, más de 200 comunidades campesinas de la costa del Perú se encontraban en conflictos por tráfico de tierras y superposición de concesiones mineras y agroindustriales.
Inicialmente, cuando se promulgó la legislación de las comunidades en 1987, las tierras comunales ocupadas por centros poblados no se consideraron parte del área comunal, como medida excepcional. Desde entonces, se aprobaron varias ampliaciones a la disposición.
Los especialistas señalan que lo que fue concebido como una excepción se ha convertido en una práctica que debilita la protección de los territorios comunales.
El Congreso disfraza el intento de despojo de interés en formalizar la titulación de comunidades campesinas y dar uso a las áreas improductivas. Según la web de la institución, “se beneficiará a todas las familias que residen en las tierras de las comunidades campesinas de la costa que fueron poseídas por estar improductivas o abandonadas”.
Entre las observaciones a la legislación, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) recomendó al Parlamento que esta conlleve procedimientos claros y garantías para procesos regulares.

Sin embargo, no se estableció un reglamento, por lo que la aplicación sería inmediata. Las comunidades estiman que, durante el período de campaña política para las elecciones de autoridades regionales y nacionales en 2026, la entrega de títulos de propiedad de viviendas se usará para captar votos.
Las rondas campesinas -las organizaciones a cargo de la seguridad en zonas rurales- manifestaron su rechazo a la medida. Los pueblos temen que se originen más conflictos territoriales debido a esta nueva amenaza a la débil seguridad jurídica de territorios ancestrales.
Ecuador: Minería y acaparamiento de tierras amenazan el corazón hídrico en los Andes
Fuente: Avispa Midia
Por Sare Frabes
Entre los Andes del sur de Ecuador se encuentra Nabón, un cantón de la provincia del Azuay. Aquí avanza el extractivismo amenazando con devorar los páramos, contaminar aguas y despojar a comunidades ancestrales. El Valle de Shincata y los páramos del Cerro El Mozo, son parte de la región que irriga con su vital líquido a comunidades enteras y hoy se han convertido en el epicentro de un conflicto socioambiental, donde una reciente alerta emitida por el Frente Nacional Antiminero (FNA) cataloga la situación como de “máxima amenaza”.
Los orígenes de este conflicto se desprenden de la presencia de empresas mineras transnacionales como la canadiense Lucky Minerals que, de acuerdo con el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT), de la provincia de Azuay, esta empresa “conforman un bloque de 12 concesiones contiguas” en la región.
Aunque en el boletín de prensa del FNA se menciona que Lucky Minerals fue expulsada en 2022 por la acción comunitaria, también advierte sobre su anunciado retorno. Esta empresa canadiense de exploración minera, con su “Proyecto Fortuna”, representa la punta de lanza del interés extractivo a gran escala en la zona, buscando principalmente oro y otros minerales, tal y como rezan sus propios informes de la transnacional.

El FNA sostiene que esta empresa concentra más de 55 mil hectáreas en las zonas de los páramos de Zamora Chinchipe, Morona Santiago y Azuay. Según esta organización de comunidades en resistencia, las tierras han sido apropiadas a través de testaferros y, además, a ello se suman “al menos tres hidroeléctricas”, denuncian en un comunicado difundido este miércoles (30).
En la provincia de Azuay existen al menos tres hidroeléctricas que suministran energía a diversos centros urbanos, ellas son: Mazar, Paute-Molino y Sopladora, que forman parte del Complejo Hidroeléctrico del Río Paute. Junto a la central Minas San Francisco, suministran el 40% de energía que consume el país según informes el Ministerio de Energía y Minas de Ecuador.
Como se reconoce incluso en documentos oficiales como el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) de la parroquia Cochapata (2020), esta zona forma parte del Corredor de Conectividad Sangay-Podocarpus, un área de importancia estratégica para la conservación de la biodiversidad andino-amazónica.
Los páramos configuran una zona considerada única por su diversidad biológica, ya que alberga especies endémicas y también por su adaptación a las condiciones extremas de altitud, son cruciales para el ciclo hidrológico. Legalmente, esta región está catalogada como Bosque y Vegetación Protectora, que la propia legislación ecuatoriana considera que “son áreas vitales para la conservación de la biodiversidad, la regulación del clima y la protección de recursos hídricos”.

Las comunidades inconformes alertan que la presencia de concesiones mineras, la deforestación para monocultivos, ganadería intensiva y la proliferación de la minería ilegal muestran todo lo contrario y, más bien, las autoridades han iniciado una persecución judicial contra las comunidades que resisten. “Ahora al menos 20 comuneros de Azuay y Zamora Chinchipe se encuentran en una situación judicial de emergencia perseguidos por las élites nacionales, quienes amparados en un gobierno que defiende sus intereses y los intereses transnacionales de Lucky Minerals”, sostienen en su comunicado.
Esta estrategia de criminalización no es nueva, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) documentó en 2011 al menos siete casos de comuneros que enfrentaron un juicio por sabotaje y terrorismo tras protestar contra la minera Explorsur S.A. (Grupo El Juri) en el páramo de Shincate.
Tras el acoso judicial que sufren diversos integrantes de estas comunidades en resistencia, también señalan que hay “varios hacendados del Azuay y otras provincias” que, mediante guardias privados, se están posesionando de tierras históricamente comunitarias, presentándose como dueños de los páramos.

Además, el FNA es explícito al denunciar un incidente ocurrido el 16 de diciembre de 2024 donde intervino la guardia privada de un hacendado, tras incumplir acuerdos sobre extracción de pinos y realizar deforestación masiva, “disparó armas de grueso calibre contra pobladores de Nabón” que exigían pacíficamente el retiro de maquinaria.
Los comuneros denuncian que en la región reina la impunidad y la facilidad con la que se obtienen títulos de propiedad bajo el protectorado del sistema judicial y una constante persecución de los defensores ambientales.
Frente a este escenario, las comunidades sostienen una férrea resistencia en defensa de sus territorios, sus fuentes de agua y sus formas de vida. La expulsión de Lucky Minerals en 2022, mencionada en el boletín, es un hito significativo de esta lucha colectiva, por tanto, están alertas a su posible retorno.
La exigencia puntual de las comunidades y del FNA es clara: el cese inmediato de las actividades destructivas (minería legal e ilegal, agroindustria expansiva), la salida de los actores privados que han invadido los páramos, el retiro de las acusaciones contra los defensores y la garantía de protección integral para el Bosque Protector del Valle de Shincata y del Cerro El Mozo.












































