{"id":4845,"date":"2011-12-15T10:40:53","date_gmt":"2011-12-15T16:40:53","guid":{"rendered":"https:\/\/radiozapatista.org\/?p=4845"},"modified":"2011-12-15T10:40:53","modified_gmt":"2011-12-15T16:40:53","slug":"en-fallo-historico-gana-amparo-familia-de-indigena-naua-ejecutado-extrajudicialmente-por-elementos-del-ejercito-mexicano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radiozapatista.org\/?p=4845","title":{"rendered":"En Fallo hist\u00f3rico: Gana Amparo familia de ind\u00edgena naua ejecutado extrajudicialmente por elementos del Ej\u00e9rcito mexicano"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div><span style=\"font-family: arial, helvetica, sans-serif\"><strong><strong>Familiares de Bonfilio Rubio Villegas, ind\u00edgena naua de la Monta\u00f1a de Guerrero ejecutado extrajudicialmente por militares, obtienen amparo contra fuero castrense.<\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>En una sentencia hist\u00f3rica, por primera vez la Justicia Federal protege a civiles <\/strong><strong>frente a la ilegal extensi\u00f3n del fuero castrense.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Juez determina que el Art\u00edculo 57 del C\u00f3digo de Justicia Militar es inconstitucional.<\/strong><\/li>\n<li><strong>SEDENA debe acatar el fallo y la justicia civil concluir con diligencia el juicio.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><a href=\"https:\/\/radiozapatista.org\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/Familiares-Bonfilio.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-medium wp-image-4846\" src=\"https:\/\/radiozapatista.org\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/Familiares-Bonfilio-300x200.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"200\" srcset=\"https:\/\/radiozapatista.org\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/Familiares-Bonfilio-300x200.jpg 300w, https:\/\/radiozapatista.org\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/Familiares-Bonfilio-350x233.jpg 350w, https:\/\/radiozapatista.org\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/Familiares-Bonfilio-768x512.jpg 768w, https:\/\/radiozapatista.org\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/Familiares-Bonfilio.jpg 1024w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><br \/>\n<\/strong><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong>Tlapa, Guerrero, a 12 de diciembre de 2011.- <\/strong>En una sentencia sin precedentes, familiares de Bonfilio Rubio Villegas, ind\u00edgena naua que durante el 2009 fue privado arbitrariamente de la vida por elementos del Ej\u00e9rcito mexicano, obtuvieron el amparo de la justicia federal en un juicio donde impugnaron la extensi\u00f3n del fuero militar sobre la investigaci\u00f3n y el juzgamiento de dicho homicidio.<\/p>\n<p>La sentencia tiene sus antecedentes en los hechos donde fue privado de la vida Bonfilio Rubio Villegas, ind\u00edgena naua de la comunidad de Tlatzala, Guerrero, quien el 20 de junio de 2009,\u00a0 cuando viajaba hacia el Distrito Federal en un autob\u00fas de la l\u00ednea Sur junto con m\u00e1s de cuarenta pasajeros, fue asesinado por soldados del 93 Batall\u00f3n de Infanter\u00eda del Ej\u00e9rcito Mexicano que integraban un ret\u00e9n ubicado cerca de la ciudad de Huamuxtitl\u00e1n, Guerrero, desde el que los castrenses abrieron fuego indiscriminadamente contra el autob\u00fas luego de que el conductor reemprendiera su marcha tras ser revisada su unidad por los soldados.<\/p>\n<p>Tras los hechos, fueron iniciadas averiguaciones previas tanto en el fuero civil como en el fuero castrense. No obstante, a la postre se impusieron las instituciones militares de procuraci\u00f3n de justicia. Al quedar legalmente enterados de que \u00e9stas hab\u00edan atra\u00eddo la investigaci\u00f3n, los familiares de Bonfilio Rubio Villegas presentaron una demanda de amparo el 22 de junio de 2011, en la que impugnaron tanto la declinaci\u00f3n de competencia por parte de las instancias civiles como la asunci\u00f3n de competencia por los castrenses, se\u00f1alando que se hab\u00edan realizado mediante la aplicaci\u00f3n de una norma contraria a la Constituci\u00f3n y a los Tratados Internacionales ratificados por M\u00e9xico: el Art\u00edculo 57 del C\u00f3digo de Justicia Militar.<\/p>\n<p>La demanda dio inicio al juicio de amparo 818\/2011, inicialmente radicado en el Juzgado S\u00e9ptimo de Distrito del Estado de Guerrero, con sede en Chilpancingo, que con posterioridad conoci\u00f3 el Juzgado Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Regi\u00f3n, en Cholula, Puebla, bajo el n\u00famero 614\/2011. Fue en el curso del mismo juicio de amparo que los familiares de Bonfilio Rubio Villegas pudieron tener por primera vez acceso pleno al expediente; as\u00ed supieron que aunque varios elementos participaron en los hechos s\u00f3lo un militar estaba siendo juzgado por el delito de violencia contra las personas causando homicidio y que \u00e9ste, benefici\u00e1ndose de una investigaci\u00f3n deficiente y parcial, hab\u00eda conseguido a trav\u00e9s de su defensa la reclasificaci\u00f3n del delito que en consecuencia pas\u00f3 a ser tipificado como mero homicidio culposo. Tambi\u00e9n constataron que, infructuosamente, los militares hab\u00edan intentado diluir su responsabilidad introduciendo en el lugar de los hechos elementos ajenos al mismo para desvirtuar la evidencia y estigmatizar a la v\u00edctima.<\/p>\n<p>El Juzgado Sexto de Distrito emiti\u00f3 su sentencia el 2 de diciembre, misma que se hizo del conocimiento de las partes el pasado viernes 9 de diciembre. En su fallo, el Juez Carlos Alfredo Soto Morales determin\u00f3 entre otros aspectos: que las v\u00edctimas y los ofendidos del delito tienen legitimidad para acudir al Juicio de Amparo ante la aplicaci\u00f3n del fuero militar; que el art\u00edculo 57 del C\u00f3digo de Justicia Militar desborda los l\u00edmites impuestos por el art\u00edculo 13 Constitucional; y que la extensi\u00f3n del fuero militar a casos que involucran a civiles es contraria a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siendo \u00e9sta vinculatoria para los tribunales mexicanos.<\/p>\n<p>A partir de estos razonamientos, el juzgador resolvi\u00f3 que: \u201c[\u2026] el Juez Sexto Militar adscrito a la Primera Regi\u00f3n Militar, a efecto de resarcir a los agraviados en el pleno goce de sus derechos fundamentales violados, deber\u00e1: Emitir un auto en el que, siguiendo los razonamientos expuestos en el presente fallo, se declare incompetente para seguir conociendo de la causa penal [\u2026L]a declaratoria de incompetencia deber\u00e1 de hacerse a favor del Juzgado de Distrito en el Estado de Guerrero, con competencia territorial en el lugar donde sucedieron los hechos, pues se trata de una autoridad de naturaleza civil (no militar), facultada para conocer de delitos cometidos por servidores p\u00fablicos federales [\u2026]\u201d.<\/p>\n<p>La sentencia dictada constituye un hito sin precedentes en la lucha contra la impunidad castrense pues por primera vez civiles agraviados por la ilegal extensi\u00f3n del fuero militar han sido beneficiados con el amparo de la Justicia Federal. En esa medida, la lucha que han sostenido los familiares de Bonfilio Rubio Villegas cristaliza los esfuerzos que antes protagonizaron otras v\u00edctimas como Rosendo Radilla Pacheco y sus familiares, Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, In\u00e9s Fern\u00e1ndez Ortega, Valentina Rosendo Cant\u00fa, y Reynalda Morales Rodr\u00edguez, entre otras.<\/p>\n<p>La privaci\u00f3n arbitraria de la vida de Bonfilio Rubio Villegas muestra de manera paradigm\u00e1tica el desproporcionado uso de la fuerza letal que, cada vez con mayor frecuencia, se hace patente en la interacci\u00f3n del Ej\u00e9rcito con los civiles. Asimismo, pone de relieve la tendencia a encubrir las violaciones a derechos humanos cometidas por militares mediante la manipulaci\u00f3n de la evidencia y la estigmatizaci\u00f3n de las v\u00edctimas, generada sistem\u00e1ticamente por el propio Ej\u00e9rcito. Pero, del mismo modo, la lucha emprendida por la familia Rubio es tambi\u00e9n ejemplificativa de los esfuerzos que muchas v\u00edctimas impulsan para vencer la violencia institucional castrense.<\/p>\n<p>La relevancia de su triunfo legal radica tambi\u00e9n en que es el primer referente exitoso respecto de la posibilidad de impugnar la extensi\u00f3n del fuero militar mediante el juicio de amparo, por lo que sin duda la sentencia que les ampara guiar\u00e1 la acciones de defensa que muchas v\u00edctimas deber\u00e1n emprender en tanto no sea reformado el C\u00f3digo de Justicia Militar para excluir del conocimiento de dicho fuero todos los delitos que constituyan violaciones a derechos humanos en agravio de civiles, y no s\u00f3lo algunas de ellas. Por ello, es de esperarse que el compromiso asumido p\u00fablicamente por el Presidente Calder\u00f3n en el marco de la conmemoraci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos, en espec\u00edfico cuando instruy\u00f3 que casos de violaciones a derechos humanos cometidas por militares sean investigadas y juzgadas por instancias civiles, se traduzca en que el fallo no sea recurrido por las autoridades de la Secretar\u00eda de la Defensa Nacional. De lo contrario, ser\u00eda exhibida la insuficiencia de ese compromiso ante la creciente ausencia de controles civiles sobre las Fuerzas Armadas.<\/p>\n<p>La b\u00fasqueda de justicia no ha concluido para los familiares de Bonfilio Rubio Villegas: el juez federal del \u00e1mbito civil que conozca el caso deber\u00e1 instruir con diligencia el proceso en Chilpancingo a efecto de que los militares responsables sean sancionados, de tal suerte que sus conductas sean reprochadas conforme a derecho y atendiendo al grave da\u00f1o que causaron. En ese tenor, trat\u00e1ndose de una situaci\u00f3n in\u00e9dita, el seguimiento de la opini\u00f3n p\u00fablica de este proceso resulta fundamental.<\/p>\n<p><\/strong><\/span><\/div>\n<p><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Familiares de Bonfilio Rubio Villegas, ind\u00edgena naua de la Monta\u00f1a de Guerrero ejecutado extrajudicialmente por militares, obtienen amparo contra fuero castrense. 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