San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México

21 de febrero de 2022

Boletín No. 05

La CIDH presentó el caso Antonio González Méndez ante la Corte IDH

* La desaparición forzada en Chiapas parte de la estrategia contrainsurgente contra los pueblos originarios.

El 22 de enero del 2022, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el caso Antonio González Méndez (Antonio González) contra México, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre su responsabilidad internacional frente a la falta de investigación, identificación de los responsables, juzgamiento y sanción de la desaparición forzada de Antonio González, originario del pueblo maya Ch’ol y de la comunidad El Calvario, municipio de Sabanilla. Los hechos sucedieron el 18 de enero de 1999, y fueron cometidos por un integrante del grupo paramilitar Organización Desarrollo Paz y Justicia.

La desaparición se enmarca en el contexto de guerra contrainsurgente implementada por el Estado mexicano para acabar con la lucha del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), sus bases de apoyo y contra la sociedad civil en la región. Tras la creación y actuación de los grupos paramilitares en Chiapas, que operaban con el respaldo y consentimiento del Estado, tan solo en la zona Norte se documentaron privaciones arbitrarias e ilegales de la libertad, tortura, 85 asesinatos, 37 desapariciones forzadas y más de 4500 personas desplazadas.

Los familiares de Antonio González y el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas (Frayba), saludamos la decisión de la CIDH al considerar que el Estado mexicano es responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, garantías judiciales y protección judicial en relación a su obligación de respetar los derechos y su deber de adoptar disposiciones de derecho interno consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José),[1] además de incumplir con su obligación de sancionar en el ámbito de su jurisdicción a los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa de comisión del mismo establecido en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.[2]

La presentación del caso ante la Corte IDH evidencia la falta de mecanismos para la investigación de las desapariciones forzadas en nuestro país abonando a la impunidad y a la crisis de derechos humanos. Recientemente el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas Rodríguez señaló en el municipio de Sabanilla que en México “existen más de 95 mil desaparecidos y no localizados que reclaman justicia”. Hay reconocimiento de la crisis de derechos humanos en México por este gobierno, lo que falta son hechos contundentes para que se logre avanzar en los temas de Memoria, Verdad y Justicia.

En el presente caso la Fiscalía contra la Desaparición Forzada de Personas y la Cometida por Particulares, dependiente de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, no ha tenido ningún avance para la ubicación del paradero de Antonio González, así como la falta de herramientas y acciones progresivas para el desarrollo de su trabajo dejando la responsabilidad a los familiares. La propia CIDH ha establecido que “el deber de investigar debe cumplirse con seriedad y no como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa, y debe tener un sentido y ser asumida por los Estados como un deber jurídico propio y no como una simple gestión de intereses particulares, que dependa de la iniciativa procesal de la víctima o sus familiares o de la aportación privada de los elementos probatorios, sin que la autoridad pública busque efectivamente la verdad”.[3]

La justicia sigue latente, suspendida en el limbo institucional, desde Sabanilla en la zona Norte de Chiapas hay clamor de justicia que cimbrará el territorio donde la resistencia y la rebeldía son un solo corazón, es por ellos que el Frayba reafirma su compromiso de acompañar a la familia de Antonio González Méndez en la búsqueda de la verdad, la justicia, la reparación integral y la no repetición de estos graves crímenes. La justicia llega tarde a Sabanilla uno de los municipios con más alto indice de marginación en Chiapas.

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[1]    Artículos 5.1, 8.1 y 25.1 en relación al 1 y 2 de la Convención Americana.
[2]    Artículo I b) de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
[3]    Corte IDH. Caso Albán Cornejo y Otros vs Ecuador. Sentencia de 22 de noviembre de 2007. Serie C. No. 171.párr. 62